Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

BOCCE Nº6.264

Martes 27 de Diciembre de 2022

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

924.-

DECRETO DEL CONSEJERO DE FOMENTO Y TURISMO, DON ALEJANDRO RAMÍREZ HURTADO, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS CONVOCATORIAS 2023 PARA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL CAP ACREDITATIVO DE LA CUALIFICACIÓN INICIAL DE LOS CONDUCTORES DE
DETERMINADOS VEHÍCULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE POR CARRETERA.

ANTECEDENTES DE HECHO.La Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de la Consejería de Fomento y Turismo y por las competencias asumidas en relación al transporte por carretera, en cumplimiento de la legislación vigente en dicha materia y en su demarcación territorial, tiene la obligación de convocar las preceptivas pruebas acreditativas de la Cualificación Inicial de conductores de determinados vehículos para los que resulta obligatorio estar en posesión de los permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C o C+E
y D1, D1+E, D o D+E.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS.A través del Real Decreto 284/2021 de 20 de abril se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobada por Real Decreto 1211/1990 de 28 de septiembre.
Mediante la Directiva 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, se modificaron las directivas sobre el permiso de conducción, con el fin de corregir las principales deficiencias detectadas, así como clarificar la edad en la que pueden expedirse determinados permisos de conducción a los titulares de un certificado de aptitud profesional. Se hizo por tanto necesario incorporar esta norma al ordenamiento jurídico español.
El fin de esta nueva regulación persigue que tanto la formación inicial como la continua de los conductores profesionales sea lo más sistemática posible y reformula las excepciones de quienes no tienen obligación de obtener la formación específica, de conformidad con la normativa comunitaria, corrigiendo deficiencias detectadas en la aplicación de la Directiva 2003/59/
CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de julio de 2003 y modificando algunos contenidos del Real Decreto 1032/2007
de 20 de julio.
En atención a lo dispuesto en el artículo 17 del RD 284/2021 y a tenor de la delegación de facultades del Estado en relación a los transportes por carretera en esta Ciudad Autónoma por Real Decreto 1541/2006 de 15 de diciembre BOE de 28 de diciembre de 2006.
En uso de las atribuciones que confieren los decretos de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, Decreto de 26 de noviembre de 2012 BOCCE 5213 de 30 de noviembre, Decreto de 8 de octubre de 2020 BOCCE 6034 de 13 de octubre por el que se modifica la organización funcional de la CAC y Decreto de 12 de febrero de 2021 por el que se nombra titular de la Consejería de Fomento y Turismo BOCCE Extra núm. 14 de 12 de febrero; el Consejero de Fomento y Turismo
RESUELVE
1º- Aprobar las convocatorias de pruebas 2023 para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional, necesario para la conducción por vías públicas de los vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de los permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C o C+E así como D1, D1+E, D o D+E.
2º Disponer la publicación de las convocatorias y de sus bases en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en su caso directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que el interesado pueda considerar pertinente.
Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada.

ALEJANDRO RAMÍREZ HURTADO
CONSEJERO DE FOMENTO Y TURISMO
FECHA 16/12/2022

Incorporado al Registro de Decretos y Resoluciones MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ
OFICIAL MAYOR
FECHA 20/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

2.906

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/12/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date27/12/2022

Page count57

Edition count6163

First edition19/11/1926

Last issue07/05/2024

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