Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/12/2022

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

BOCCE Nº6.263

Viernes 23 de Diciembre de 2022

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

910.-

TituloES: ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA POR QUE EL
QUE SE MODIFICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA, POR EL
QUE SE PROCEDIÓ A APROBAR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL
"PROGRAMA DE AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA" PERTENECIENTE AL PEAV 2022-2025.
TextoES: BDNSIdentif.:656116
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/656116
El Consejo de Gobierno, en sesión Ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2022,ha adoptado el siguiente ACUERDO:
6.1.- 17987 Propuesta del Sr. Consejero de Fomento y Turismo, D. Alejandro RamírezHurtado, relativa a modificación de acuerdo de Consejo de Gobierno adoptado el 27/10/22.
I. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, se procedió a publicar en el B.O.C.CE extraord. n.º68, de 28/10/2022, extracto de la convocatoria para concesión de subvenciones en la Ciudad Autónoma de Ceuta, relativas al Programa de ayudas del alquiler de vivienda perteneciente alPlan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 regulado en el real Decreto 42/2022, de 18 de enero. La convocatoria citada fue aprobada por el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de27/10/2022.
II. El texto de la convocatoria recogía, en su disposición tercera, el crédito presupuestario habilitado para la financiación del programa de ayudas, estableciendo su apartado sexto que, con posterioridad a su publicación, cabía la posibilidad de ampliar el importe global de la convocatoria en una serie de supuestos. Uno de estos supuestos establecía que el referido importe podría verse incrementado en caso de producirse un reajuste en la financiación afectada como consecuencia de que se produzcan modificaciones en la ejecución de los programas acogidos al PEAV, los cuales fueron acordados inicialmente en el convenio suscrito el 7/07/2022entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Ciudad Autónoma de Ceuta. Dichas modificaciones debían acordarse en el seno de la Comisión de Seguimiento del citado convenio.
III. El 26/10/2022 se publica en el BOE n.º 257, el Real Decreto 903/2022, de 25 de octubre, que modifica el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. Al amparo de este último, se formaliza un Acuerdo por la Comisión de Seguimiento de 28/10/2022, relativo a la distribución de la financiación por anualidades y programas del PEAV. Dicho acuerdo resolvió lo siguiente: En aplicación del artículo 22.2 e del Real Decreto 42/2022, modificar la distribución por programas de la inversión inicialmente convenida, respetando el importe total del compromiso financiero adquirido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para cada anualidad, con objeto de optimizar la aplicación de los recursos disponibles en la Ciudad de Ceuta. De esta forma se acordó una reajuste de la financiación afectada de los programas acogidos al PEAV, viéndose incrementada el importe correspondiente al programa de ayudas objeto del presente expediente.
IV. De otra parte, el apartado séptimo de la referida disposición tercera indica que en los casos establecidos en los apartados anteriores, estos son, aquellos relativos a un aumento del crédito disponible para la financiación de la convocatoria, el órgano concedente deberá publicar el aumento del crédito disponible con carácter previo a las resoluciones de concesión, lo que se efectuará por los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
V. Considerando lo recogido en los apartados precedentes y la regulación contenida en el art. 23.2 letra b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, la cuantía total máxima de las ayudas correspondientes a esta línea de subvención a conceder en los ejercicios 2.022 a 2.025, se ha visto modificada en los términos que a continuación se exponen:
Aportación
Anualidad 2.022 Anualidad 2.023 Anualidad 2.024 Anualidad 2.025 Importe Total PEAV

MITMA
Ciud.Aut.
de Ceuta Totales
345.000,00€

359.000,00€

368.000,00€

371.000,00€

1.443.000,00€

220.000,00€
565.000,00€

229.000,00€
588.000,00€

235.000,00€
603.000,00€

237.000,00€
608.000,00€

921.000,00€
2.364.000,00€

VI. Consta documento contable RC por importe de 565.000 € correspondiente al ejercicio2022 para la finalidad descrita, por lo que dicha retención no precisa ser modificada. Respecto al resto de anualidades, no se establece un aumento de las cuantías retenidas y autorizadas como gasto plurianual por la Ciudad Autónoma de Ceuta, ni tampoco existe variación respecto a los importes totales comprometidos para cada anualidad por el Ministerio competente, los cuales están afectados al PEAV en su conjunto.
VII. Conforme al art 5 del Reglamento de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 14 de enero de 2.005 B.O.C.CE
n.º 4.392 de 18/01/2005, el Consejo de Gobierno resulta competente para otorgar subvenciones cuyo importe supere los 200.000,00 €.
VIII. Resulta competente en materia de vivienda, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Turismo en virtud del Decreto de Presidencia de 08.10.2.020 BOCCE ord. nº 6.034 de13/10/2020 y Decreto del Presidente de 12 de febrero de 2.021 nombramiento, correspondiéndole elevar propuestas al Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma en asuntos de su competencia, haciendo uso para ello de las funciones atribuidas por el art. 17 del Reglamento del Gobierno y los Servicios de la Administración de la Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

2.887

About this edition

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/12/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date23/12/2022

Page count18

Edition count6163

First edition19/11/1926

Last issue07/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2022>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031