Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 21/09/2021

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto que el beneficiario no se halle al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
No se podrán realizar pagos anticipados ni pagos a cuenta.
5. Acciones de Control y Seguimiento.
El control del cumplimiento del objeto, condiciones y finalidad de la Ayuda, se efectuará por la Sociedad de Desarrollo de Ceuta, PROCESA. A tal efecto, PROCESA podrá realizar las visitas que sean precisas a las instalaciones de la entidad beneficiaria, así como pedir información e informes complementarios a los organismos competentes al objeto de verificar el cumplimiento de los fines de la subvención. El beneficiario estará obligado a colaborar para facilitar las actuaciones de control.
El referido seguimiento y control se realizará de forma periódica y se levantará acta de cada una de las visitas que se practiquen, firmada por el responsable de la inspección y el beneficiario, emitiéndose el correspondiente informe que quedará unido al expediente hasta la finalización del plazo impuesto para las obligaciones del beneficiario relativo al mantenimiento de las condiciones que dieron lugar a la concesión.

Si durante el procedimiento de seguimiento y control se detectasen incumplimientos de las obligaciones impuestas a la empresa beneficiaria, se iniciará el procedimiento de reintegro, pudiendo considerarse los citados incumplimientos como infracciones.
TERCERO. - Notificar la presente resolución a las partes interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
CUARTO.- Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en la Ley de 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.
Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada:
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE
ADMINISTRACION DE PROCESA
ALBERTO RAMÓN GAITÁN RODRÍGUEZ
FECHA 13/09/2021

LA SECRETARIA GENERAL
MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ
FECHA 15/09/2021

o

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1.904

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 21/09/2021

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date21/09/2021

Page count34

Edition count6162

First edition19/11/1926

Last issue03/05/2024

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