Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/06/2021

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

Considerando lo previsto en el articulo 58 del real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones.
Posteriormente, el 15 de abril de 2021 la instructora emitió Propuesta de Resolución Provisional que es notificada a los/as intereresados/as mediante su publicación en el BOCCE 6.091 de 30 de abril de 2021.
Evacuado el trámite de audiencia tras la Propuesta de Resolución Provisional, presenta alegaciones D. Bartolomé Sánchez Paris en representación de la empresa A&B Servicios y Construcciones, SL provista de CIF
6903.
Mediante Propuesta de Resolución Provisional de la instructora del expediente de fecha 15 de abril de 2021, publicada en el BOCCE 6.091 de 30 de abril de 2021, se propone la denegación de la ayuda solicitada por la empresa A&B Servicios y Construcciones, SL para la transformación en indefinido de un puesto de trabajo temporal en la persona de D. Antonio Jesús Salvatierra Rodríguez dado que el documento de modificación de clave contractual en la seguridad social indica que en fecha 9 de diciembre de 2020, fecha de la solicitud, se realizó la transformación en indefinido. Algo que igualmente indica la lectura de la vida laboral de un afiliado, por tanto, en base a la información existente en el expediente, no se podía acreditar que la transformación del contrato temporal en indefinido de la persona anteriormente referenciada, se hubiese realizado con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda la cual tuvo su entrada en el registro electrónico de PROCESA el pasado 9/12/2020 a las 11:48 con número de registro 2020-8972-E.
D. Bartolomé Sánchez Paris en representación de la sociedad interesada, presenta a través de la Sede Electrónica de PROCESA, un escrito de alegaciones en el cual indica lo siguiente:
pongo en su conocimiento que dicha solicitud fue presentada el 09/12/2020 a las 11:48 y la transformación del contrato temporal en indefinido fue comunicada a la Seguridad Social ese mismo día a las 13:56 con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda indicada, como se puede observar en la comunicación a la 2 TGSS que adjuntamos. Por lo que solicitamos que se nos conceda dicha ayuda por no haber ningún incumplimiento por nuestra parte.
Fundamentos Las bases reguladoras específicas de la actuación publicadas en el BOCCE 5.652 de fecha 14 de febrero de 2017, establecen en su Base 7.- Criterios objetivos de valoración de las solicitudes -, que las ayudas tienen el carácter de concurrencia competitiva, y que los criterios para la concesión de las ayudas han de ser siempre criterios objetivos, transparentes y públicos, susceptibles de ser acreditados documentalmente. Que una vez obtenida la valoración conforme a los criterios objetivos previstos en estas bases, se establecerá el orden de prelación de los beneficiarios, siendo subvencionables los gastos ocasionados por la contratación de los trabajadores para los contratos indefinidos hasta el límite del crédito presupuestario existente para atender estas ayudas.
Las subvenciones se otorgarán a quienes obtengan mejor valoración de entre los que hubieran acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiario.
Conforme a lo establecido en la base 14d relativa al órgano instructor correspondiente a la normativa para el presente ejercicio publicada en el BOCCE 5.652 de fecha 14 de febrero de 2017, se indica que formulada la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, con indicación de la cuantía de la ayuda propuesta y las condiciones y plazos de realización del proyecto presentado, será publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, al objeto de que los beneficiarios puedan presentar en el plazo de 10 días las alegaciones que estimen oportunas mediante el correspondiente trámite de audiencia, una vez examinadas se formulará la propuesta de resolución definitiva.
En las bases reguladoras de la actuación base 4 condiciones de los proyectosse establece lo siguiente: f Para las ayudas de transformación de trabajadores temporales, los contratos indefinidos deberán realizarse con posterioridad a la solicitud y constar la existencia de los contratos temporales en el momento de la solicitud.
Conclusiones Salvo superior criterio y en base a la documentación presentada junto a las alegaciones en la que se comprueba que la transformación en indefinido de D. Antonio Jesús Salvatierra Rodríguez es posterior a la presentación de la solicitud de la ayuda para tal fin y, por tanto, procede ESTIMAR las alegaciones presentadas, dándose cuenta del presente escrito al instructor de la actuación para que realice el preceptivo informe técnico complementario.
En base a lo anteriormente expuesto, el órgano instructor formula la presente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
PRIMERO: Aprobar definitivamente las valoraciones y las subvenciones propuestas:
Se han presentado un total de 11 solicitudes de ayuda, 9 concedidas, 1 denegada por incumplimiento de las bases reguladoras de las ayudas, y 1 desistidas, cuyo detalle se recoge en el cuadro siguiente. Han sido valorados en orden decreciente en cuanto a su puntuación y teniendo en cuenta los criterios en igualdad de condiciones a aplicar en el reparto de ayudas, conforme al siguiente cuadro:
exp.

solicitud
Solicitante
038

29-10-20

037

20-10-20 ANA BELEN MORENO SERRANO

0964

044

22-12-20 ISMAEL BENITEZ GONZALEZ

8883

MONDOBETS, S.A

NIF/CIF
7594

actividad ORGANZ.Y CELEBRACION
APUESTAS DEPORT.
PELUQUERIA DE SEÑORA
Y CABALLERO
COMERCIO PRENDAS DE
VESTIR Y TOCADO

empleo 2
0,5
0,5

colectivo 2 MUY DES/1 MUJER <25 AÑOS
MUY DESFAV/MUJER/ <25 AÑOS
MUY DESFAVORECIDO/MUJER

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

PUNTOS

subvención
47

8.000,00 €

43

2.250,00 €

37

2.000,00 €

1.301

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/06/2021

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date15/06/2021

Page count18

Edition count6167

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Last issue21/05/2024

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