Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/09/2020
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta
DISPOSICIONES GENERALES
OFICINA DEL CENSO ELECTORAL.
DELEGACIÓN PROVINCIAL EN CEUTA
356.-
Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado Sorteo de los candidatos a jurados 2021-2022
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado y del artículo 1.2 y Disposición Adicional Única del Real Decreto 1398/1995 de 4 de Agosto de 1995, se comunica, para general conocimiento, que el acto del sorteo para la selección de los candidatos a jurados para el bienio 2021-2022 tendrá lugar a las 11:30
horas del día 25 de septiembre de 2020, en la Oficina de Gubernativo en la Audiencia Provincial de Cádiz, sita en Avenida Cuesta de las Calesas, s/n, en Cádiz.
Ceuta, 8 de septiembre de 2020
LA DELEGADA DEL INE Y DE LA OCE
Fdo.: Irene Menchén Benítez
OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
354.-
ANUNCIO
Propuesta de resolución provisional de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos socioculturales dirigidos a la Comunidad Islámica en Ceuta durante 2020
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de junio de 2020 se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos socioculturales dirigidos a la Comunidad Islámica en Ceuta durante 2020, publicadas en el BOCCE de 28 de enero de 2020.
De conformidad con lo establecido en la base cuarta de la referida convocatoria, la Comisión de Valoración, tras la aplicación de los criterios contenidos en la base quinta, ha formulado la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL:
BENEFICIARIO
PUNTUACIÓN
SUBVENCIÓN PROPUESTA €
Al Husna
9,00
2.812,50.-
Diálogo Intercultural
7,125
10.110,37.-
Iman Wrsh
3,50
13.370,00.-
Abu Bakr
3,10
6.510,00.-
De acuerdo con lo estipulado en la base 4.5 de la convocatoria, los interesados disponen de un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones.
Asimismo, se requiere a los solicitantes cuya subvención propuesta resulte inferior a la solicitada, para que durante ese plazo presenten escrito con una de las siguientes opciones:
a.- Que renuncia a la misma.
b.- Que reformula su petición con el fin de ajustar sus compromisos a la subvención otorgable. En todo caso, habrá de respetarse el objeto, condiciones y finalidad de la subvención.
Transcurrido el plazo de 10 días hábiles sin que el solicitante cumpla lo requerido, se entenderá que cubre la diferencia con sus propios medios, obligándose a la realización del proyecto contenido en su solicitud inicial.
En Ceuta, firmado electrónicamente.
CARLOS RONTOMÉ ROMERO
CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
FECHA 08/09/2020
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N
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