Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/08/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

voreciendo las políticas de pleno empleo.
Mediante Resolución de 21 de febrero de 2017, publicada en el BOCCE 5.657 de 3 de marzo de 2017, se aprueban las bases reguladoras específicas que han de regir el concurso, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones públicas destinadas a fomentar el empleo de las personas jóvenes, identificadas como beneficiarias del Sistema nacional de garantía Juvenil, en la Ciudad Autónoma de Ceuta, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020eje Prioritario 5, Objetivo Temático 8, Prioridad de Inversión 8.2, Objetivo Especifico 8.2.4, Medida 8.2.4.2 Ayudas al empleo para la contratación de jóvenes con un periodo mínimo de permanencia, gestionadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de su medio propio la Sociedad Pública de Desarrollo, PROCESA, mediante encomienda de gestión realizada mediante Acuerdo Plenario de la Asamblea de 29 de diciembre de 2015.
Las ayudas que regula esta disposición están incluidas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, siendo aprobadas, en Sesión Ordinaria de 3 de octubre de 2014, por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
En virtud de los criterios de selección de operaciones, aprobados por el Comité de Seguimiento, estas bases reguladoras persiguen obtener al menos uno de los resultados previstos para el objetivo específico 8.2.4. de la Prioridad de Inversión 8.2. del Programa Operativo de Empleo Juvenil, a saber, fomentar la contratación a través de la utilización de ayudas salariales y otro tipo de medidas dirigidas a que las personas empleadoras creen nuevas oportunidades para jóvenes.
El proyecto subvencionable será la contratación por un periodo mínimo de 6 meses, a jornada completa, de las personas jóvenes identificadas como beneficiarias en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil, que hayan acreditado previamente el cumplimiento de los requisitos de acceso al Sistema.
Asimismo, para la determinación de la subvención se procederá a la asignación de una cantidad mediante la aplicación de baremos estándar de costes unitarios calculados mediante un metido justo, equitativo y verificable basado en información objetiva, de conformidad con lo establecido en el art. 67.1 b y 67.5 a. i de Reglamento General 1303/2013.
Realizado el informe motivado sobre el método de cálculo mediante la aplicación de baremos estándar de costes unitarios, corresponde una subvención única para cada contrato de trabajo celebrado por un plazo mínimo de 6 meses y a jornada completa de 4.953,00 €.
En cuanto al Plan de financiación, estas ayudas se encuentran cofinanciadas por el FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil YEI
en los términos establecidos en el Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, esto es, serán cofinanciadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta en un 8,11% y por el FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil YEI, a través del programa operativo Juvenil 2014-2020, en un 91,89%, siempre que reúnan los criterios de selección de operaciones que determine el comité de seguimiento.
La convocatoria tiene asignada un total de CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA EUROS 49.530,00 €, para el período comprendido entre el 21 de septiembre y el 29 de noviembre de 2019.
Con carácter general, los proyectos subvencionables deberán mantener el proyecto de contratación durante un periodo mínimo de 6 meses.
Con fecha 10 de marzo de 2020 se reúne la Comité Técnico de Evaluación designado, el cual, a la vista de los informes realizados por los Técnicos de Programas e Iniciativas de esta Sociedad, que comprueba la exactitud de la documentación que debe acompañar a la solicitud incluidos los documentos para la valoración de los criterios establecidos en la base 16 Tramitación del procedimiento, al objeto de proceder a valorar y concretar el resultado final de la concurrencia competitiva de los expedientes, asignándoles la puntuación que por orden les corresponda, así como la asignación económica que le sea atribuida en base a ello, todo ello referido al período establecido desde el día 21 de septiembre y el 29 de noviembre de 2019, cuyo crédito presupuestario disponible para el total del periodo es de CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA EUROS 49.530,00 €.
Con antelación a la redacción de la Propuesta de Resolución Provisional correspondiente, se ha procedido a realizar un control administrativo, por parte de la técnica responsable de esta tarea, previo a continuar con la tramitación de los expedientes objeto de concesión.
Con fecha 17 de marzo de 2020 el técnico instructor emite la Propuesta de Resolución Provisional que es notificada a todas las empresas y personas beneficiarias mediante su publicación en el BOCCE número 5.977 de 27 de marzo de 2020.
Es importante señalar lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera -Suspensión de plazos administrativosen relación al Real Decreto por el que se declara el Estado de Alarma en España.
1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
2. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.
4. La presente disposición no afectará a los procedimientos y resoluciones a los que hace referencia el apartado primero, cuando estos vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/08/2020

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date28/08/2020

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Last issue26/04/2024

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