Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

declarada en situación de rebeldía procesal como consecuencia del impago de una cantidad debida en virtud de los préstamos personales que le fue realizando el demandante a D. Tamara.

SEGUNDO.- En el caso de autos, la existencia de la deuda ha quedado suficientemente acreditada con la documentación aportada con la demanda y en el acto de la Audiencia Previa, y no habiéndose acreditado, en cambio, por la demanda el cumplimiento de la obligación de pago, conforme previene 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al estar en rebeldía, por lo que procede estimar, sin más, la pretensión que se deduce en todos sus extremos.
TERCERO.- Respecto a los inter eses mor ator ios, de acuer do con el ar tículo 1108 de CC, si la obligación consistier e en el pago de una cantidad de dinero, y el deudor incurriere en mora, la indemnización de daños y perjuicios, no habiendo pacto en contrario, consistirá en el pago de los intereses convenidos, y a falta de convenio, en el interés legal, que se computarán en el presente caso desde la presentación de la demanda.
CUARTO.- En mater ia de costas, r esulta de aplicación el ar tículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por lo que, estimada en su integridad la pretensión, procede imponerlas a la demanda, conforme al criterio del vencimiento objetivo y al no concurrir ninguna otra circunstancia que pudiera justificar distinta decisión.
Vistos los preceptos legales citados, sus concordantes y demás de general y pertinente aplicación.

FALLO
Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta a instancia de D. Jesús Yañez Morales, representado por el Procurador D. Jesús Jiménez Pérez, contra D. María Tamara Muñoz Benítez, declarada en situación de rebeldía procesal DEBO
CONDENAR Y CONDENO a la demandada a abonar la par te actor a la cantidad de 8.169,05 eur os más lo que r epr esenten los intereses legales desde la fecha de la reclamación extrajudicial hasta la fecha de la Sentencia en primera instancia más los intereses de demora, en su caso.
Todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada.
MODO DE IMPUGNACIÓN: r ecur so de apelación, que se inter pondr á ante el Tr ibunal que haya dictado la r esolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquella.
Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto artículo 456.2 L.E.C..
Conforme a la D. A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el BANCO DE SANTANDER en la cuenta de este expediente 1271-0000indicando, en el campo concepto la indicación Recurso seguida del código 02 Civil-Apelación. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida separados por un espacio la indicación recurso seguida del código 02 Civil-Apelación.
En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
EL/LA MAGISTRADO/JUEZ
Y encontrándose dicho demandado, MARÍA TAMARA MUÑOZ BENÍTEZ, en paradero desconocido y rebeldía procesal, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
CEUTA, a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date24/12/2019

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Last issue14/05/2024

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