Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CEUTA

683.-

EDICTO

D/D. FCO. JAVIER SANZ RODERO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 001 de CEUTA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ORDINARIO 0000216/2019 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/D MOSTAFA
ERRAYHANY contra la empresa CONSTRUCCIONES, SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS S.L. Y OTROS, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por D. Mostafa Errayhany contra la entidad Construcciones, Servicios y Mantenimientos S.L.
CONSERMAN y TRAGASA condenando a ambas como responsables solidarias a abonar la cantidad total de 2.695,52 euros brutos más un 10% de interés por mora y únicamente a Construcciones, Servicios y Mantenimientos S.L. CONSERMAN a abonar al actor la cantidad total de 1.201,01 euros brutos en concepto de indemnización por fin de contrato y omisión de preaviso.
Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, por ahora, respecto al Fondo de Garantía Salarial, pero sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos en los que fuera legalmente procedente, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución.
Contra la presente resolución cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazo de 5 días a la misma por comparecencia o por escrito.
La Empresa condenada si recurre, deberá acreditar al anunciar el Recurso de Suplicación, la consignación de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval bancario suficiente que habrá de presentarse junto con el mencionado escrito de anuncio del recurso.
El incumplimiento de dicho requisito será insubsanable.
Llévese el original de esta resolución al libro correspondiente, quedando en los autos testimonio de la misma.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativo, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CEUTA.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Ceuta, a diez de noviembre de 2019
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

2.079

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date19/11/2019

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Edition count6161

First edition19/11/1926

Last issue30/04/2024

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