Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/08/2019

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

En el marco de las competencias asumidas, PROCESA procede a la evaluación preliminar de los expedientes presentados a la convocatoria del Programa MOVES. A tal efecto, se verifica que D. FELIX FRANCISCO RUIZ CABEZAS, con DNI nº 2593--N, presenta, con fecha 18/06/2019, solicitud de ayuda en el marco del citado Programa, Actuación 2 Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, expediente identificado con el nº 1.
Consta hábil en el expediente informe técnico de valoración / baremación del cumplimiento de los requisitos exigibles en la convocatoria y bases reguladoras de aplicación, de fecha 09 de julio de 2019. Así mismo, forma parte del citado expediente la preceptiva Propuesta de Resolución Provisional, notificada a las partes interesadas mediante su publicación en BOCCE nº 5.905, de 19 de julio de 2019.
La ayuda concedida resulta formalmente aceptada por el beneficiario, mediante el registro en PROCESA de documento al efecto nº de registro: 3368, fecha de registro: 24/07/2019
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Reglamento CE1407/2013, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículo 107 y 108 del Tratado CE a las ayudas de mínimis.

Reglamento UE 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorias de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado Reglas 68 y 78 DTN.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por la que se aprueba la LGS.

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el RLGS.

Reglamento de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 18 de enero de 2005.

Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Real Decreto 72/2019, publicado en BOE nº 41, de 16 de febrero de 2019, que establece las Bases Reguladoras del Programa MOVES.

La convocatoria publicada en el BOCCE num. 5.824, de 11/06/2019.

PARTE DISPOSITIVA
En su virtud, esta Consejería HA RESUELTO lo siguiente:
PRIMERO. - Aprobar la solicitud presentada por D. FELIX FRANCISCO RUIZ CABEZAS, con DNI nº 2593--N, concediéndose ayuda por importe de DOSCIENTOS QUINCE EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS 215,34 € en el ámbito de actuaciones del Programa MOVES, Actuación 2 Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, al considerarse cubiertos la totalidad de los requisitos necesarios para obtener la condición de beneficiario, así como los relativos a la elegibilidad de la actuación proyectada.
De conformidad con lo dispuesto en la base 6 del documento regulador de la actuación, esta ayuda se concede de forma directa, conforme a los artículos 22 y 28 de la LGS y al capítulo III del título I del RLGS.
Así mismo, ha sido considerado lo dispuesto en la base 11.4 en lo referente a respetar, en fase de concesión, el orden de presentación de solicitudes hasta el agotamiento de los fondos.

SEGUNDO. - Condicionar el abono de la ayuda a la justificación de la realización de la inversión requerida para llevar a cabo la actuación objeto de ayuda, en el plazo máximo de 12 meses, a contar desde la notificación de la presente resolución de concesión. A los efectos indicados deberá aportarse la siguiente documentación, establecida en el anexo II del Real Decreto 72/2019
BBRR:
a Memoria Técnica o proyecto de la instalación realizada si así lo requiere, según reglamento electrotécnico de baja tensión.
En caso contrario, debe argumentarse y justificarse la no necesidad de presentación b Ubicación de los sistemas de recarga, referencia de estos en un plano.
c Facturas. Las facturas deberán ser detalladas, de manera que puedan identificarse los conceptos objeto de ayuda. Su fecha deberá ser, en todo caso, posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
d Documentos justificativos del pago de las facturas de compraventa imputadas. Se considerarán válidos aquellos justificantes de pago que permitan identificar:
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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/08/2019

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date23/08/2019

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Edition count6162

First edition19/11/1926

Last issue03/05/2024

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