Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 8/05/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

3.- Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 21.1, en conexión con el artículo 15 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad, señala que: El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta, en todo caso, las siguientes atribuciones: u las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al Municipio y no atribuyan a otros órganos municipales 4.- Reglamento de Mercados, aprobado por acuerdo Plenario de 21 de enero de 1998, establece en su artículo 18 que las concesiones se extinguirán cuando concurran alguna de las siguientes causas: b Renuncia por escrito del titular.
Asimismo, en su artículo 19, señala que extinguido el derecho de ocupación, por cualquiera de los motivos recogidos en el Reglamento, los titulares habrán de abandonar el puesto, libre de mercancías u otros enseres del titular y en perfectas condiciones.
En caso contrario, se ejecutará en vía administrativa a cuenta del titular cesante.
5.- Ley 39/15, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas en su artículo 94 que 1. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.
2. Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.
3. Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia, siempre que incorpore las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.
4. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros 5. Si la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, la Administración podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia al interesado y seguirá el procedimiento.
6.- Por Decreto de la Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta de fecha 20-09-2017 se delegan las competencias de 15 Mercados, en la Excma Sra. Consejera de Sanidad Servicios Sociales Menores e Igualdad D Adela M Nieto Sanchez, resultando ser el órgano competente para la tramitación de los expedientes en dicha materia.
PARTE DISPOSITIVA.1.-Acéptese la renuncia formulada por D.Mohamed Mohamed Abdeselam con DNI 45.094.580-K titular del puesto n.º A-20 del Mercado Central quedando el mismo vacante. Proceder a la baja en el Padrón de Mercados. Publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad.
2.-Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley del Procedimiento Administrativo común , de las Administraciones Públicas ley 39/15 de 1 de octubre podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los arts.
47 y 48 de esta Ley ante el mismo órgano que ha dictado resolución en el plazo de un mes o ser impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al que se recepcionó la notificación, conforme a los arts. 123 y 124 L.P.A.C.A.P y 8.2 y 46 de la Ley de Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
En Ceuta , a 24 de Abril de 2018
VBº EL PRESIDENTE PDF BOCCE 26-11-2012
LA CONSEJERA DE SANIDAD SERVICIOS
SOCIALES MENORES E IGUALDAD

LA SECRETARIA GENERAL.

Adela M. Nieto Sánchez
M. Dolores Pastilla Gómez
o

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 8/05/2018

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date08/05/2018

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Edition count6167

First edition19/11/1926

Last issue21/05/2024

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