Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/2/2018 - Tributos

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Tributos

PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO
Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta Consejería de Economía, Hacienda y Admón. Pública Ciudad Autónoma de Ceuta Ejercicio 2018
PRIMERO:
ÁMBITO PROCEDIMENTAL DE LAS ACTUACIONES.
A.- OBJETO.
Es objeto del presente plan, establecer el marco de los criterios generales que han de regir la planificación de actuaciones de comprobación para un período determinado, concretando como plan de trabajo de ámbito general, los hechos o actividades inicialmente sujetas a las actuaciones de comprobación e investigación a desarrollar por el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta.
La actividad de control genera importantes beneficios a la sociedad, al garantizar la generalidad en el pago de los impuestos y la distribución equitativa de las cargas públicas de acuerdo con la capacidad contributiva de cada ciudadano, se minora así la presión fiscal individual, ya que son más los que contribuyen a sustentar las arcas del Ente Local.
En particular, en el ámbito empresarial, el incumplimiento de las obligaciones tributarias introduce un factor de competencia desleal, al minorar ilegalmente los costes de los agentes económicos incumplidores, efecto que las actuaciones de control corrigen.
En todas las actuaciones de control se encuentran presentes las dos finalidades esenciales de la lucha contra el fraude:
restablecer la disciplina fiscal que el fraude vulnera, mediante la regularización de los incumplimientos tributarios; y conseguir que los contribuyentes, ante la posibilidad de ser objeto de una actuación de control, opten por cumplir voluntariamente con sus obligaciones fiscales.
Así, la relación de causalidad de las actuaciones de control intensivo, que afectan a menor número de contribuyentes pero respecto a mayor número de períodos y conceptos impositivos, se focaliza en la finalidad restablecedora de la disciplina fiscal, en tanto que las de carácter extensivo, que afectan a mayor número de contribuyentes pero con relación a un menor número de ejercicios y conceptos impositivos, se centra en la finalidad desincentivadora.
Uno y otro tipo de actuaciones deben equilibrarse adecuadamente, de manera que el efecto conjunto sea el mayor posible.
El señalado Organismo Autónomo, es el órgano de gestión integral del sistema tributario local, responsable de ejercer como propias, en nombre y representación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, las competencias que a la Administración Tributaria de la Ciudad le atribuye la legislación vigente para la realización efectiva de su sistema tributario, y de aquellos otros recursos públicos cuya gestión se le encomiende.
Según establece el artículo 2 de los Estatutos del Organismo Autónomo, entre sus funciones se encuentran, la gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de los tributos de la Ciudad de Ceuta, así como la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores relativos a los tributos cuya competencia gestora tenga atribuida.
Así pues, el artículo 116 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que la Administración Tributaria elaborará anualmente un Plan de Control Tributario que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen, que se basarán en los criterios de riesgo fiscal, oportunidad, aleatoriedad u otros que se estimen pertinentes.
Según determina el artículo 170.7 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, <B.- NORMATIVA REGULADORA.
El Organismo Autónomo se regirá por sus Estatutos y, en lo no previsto en ellos, por la normativa en vigor y por las demás disposiciones de derecho público que le sean de aplicación, en especial, por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Sin perjuicio de lo anterior, en el ejercicio de sus funciones de gestión, inspección y recaudación le será de directa apliBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/2/2018 - Tributos

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Tributos

CountrySpain

Date05/02/2018

Page count9

Edition count248

First edition05/01/2012

Last issue20/12/2022

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