Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 20/1/2017 - Tributos

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Tributos

DISPOSICIONES GENERALES DE LA CIUDAD
ORGANISMO AUTÓNOMO SERVICIOS TRIBUTARIOS DE CEUTA

1.- La Excma. Sra. Consejera de
Economía, Hacienda, Admón Pública y Empleo, en su calidad de Presidenta del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, en virtud de la atribución de competencias de la Presidencia de la Ciudad, expresada en el art.2 de los Estatutos del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, aprobados mediante Acuerdo de 18 de diciembre de 2006, al amparo de los artículos 14.2 y 20 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, por su Decreto nº 141
de fecha 12/01/2017 ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO
ASUNTO: Plan de Control Tributario para el año 2017.

ANTECEDENTES DE HECHO:
En virtud del artículo 116 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, cada Administración Tributaria elaborará anualmente un Plan de Control Tributario que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen, que se basarán en los criterios de riesgo fiscal, oportunidad, aleatoriedad u otros que se estimen pertinentes.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
Único.- El Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, es el órgano de gestión integral del sistema tributario local, responsable de ejercer como propias, en nombre y representación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, las competencias que a la Administración Tributaria de la Ciudad le atribuye la legislación vigente para la realización efectiva de su sistema tributario, y de aquellos otros recursos públicos cuya gestión se le encomiende, encontrándose entre sus funciones, la gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de los tributos de la Ciudad de Ceuta, así como la tramitación y resolución de los correspondientes expedientes sancionadores.
Conforme dispone el artículo 18 de sus Estatutos, el Presidente del Organismo Autónomo será el competente para acordar el presente Plan de Control Tributario.
PARTE DISPOSITIVA:
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho esgrimidos, procede lo siguiente:
1º Apruébese el Plan de Control Tributario para 2017.
2º Asimismo, háganse públicos los criterios que informan el referido Plan.

Ceuta, 12 de enero de 2017.

Vº Bº LA PRESIDENTA

LA SECRETARIA GENERAL,
DEL ORGANISMO AUTÓNOMO

P.D. EL TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENE
Resolución nº 5563 de 02/06/2008, BOCCE nº 4746 de 10/06/2008

Fdo: Susana Román Bernet
Fdo: Emilio Fernández Fernández
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 20/1/2017 - Tributos

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Tributos

CountrySpain

Date20/01/2017

Page count7

Edition count248

First edition05/01/2012

Last issue20/12/2022

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