Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/5/2023 - Extraordinario

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En este sentido, se entenderá como fecha de presentación de solicitud, preliminarmente, la generada por el registro telemático de solicitudes habilitado en la oficina virtual de PROCESA, siempre que la solicitud se presente completa, Anexos I, II, III, IV y V
que deberán estar debidamente cumplimentados y firmados, acompañados de toda la documentación obligatoria requerida. En caso de que resulte necesario practicar requerimiento de subsanación, se entenderá por fecha de presentación oficial de la so licitud aquella en la que haya sido realizada, completamente, la subsanación requerida.
Quinto. Dotación presupuestaria. Cuantía de las subvenciones La dotación presupuestaria asciende a OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS
84.289,00 €.

Las cuantías de las ayudas se establecen en el Anexo I del RD 983/2021, de 16 de noviembre, modificado por la Orden TMA
138/ 2022, de 28 de febrero. para cada tipo de beneficiario último y tipología de actuación.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y hasta la finalización del período de vigencia de los programas de incentivos o hasta el agotamiento de los fondos.
Actividad 4: Hasta el 31 de diciembre de 2023
Actividades 1, 2, 3 y 5: Hasta 30 de abril de 2024.
A la finalización del los plazos indicados no serán admitidas más solicitudes Lugar y forma de presentación Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática, a través de la oficina virtual de PROCESA www.procesa.es Documentación a aportar
Documentación general obligatoria Fotocopia del DNI o de documento equivalente.
En caso de solicitud por persona jurídica, además de lo establecido en el apartado anterior, deberán aportar documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que formule la solicitud de ayuda como representante de las mismas, debidamente inscrita, en su caso, en los registros públicos correspondientes, así como el CIF de la empresa solicitante.
En caso de persona física, certificado de empadronamiento municipal actualizado.
Si el solicitante es persona jurídica deberá acreditar el domicilio social, sede o centro de trabajo en Ceuta, aportando el documento oficial que así lo certifique o indicando que ya se acredita en los documentos exigidos en la convocatoria escritura pública, certificado de registro mercantil, etc.
Acreditación de la posesión de la correspondiente autorización de transporte de mercancías habilitante conforme a lo previsto en el artículo 14 del RDR.
Datos identificativos del destinatario último de las ayudas nombre, razón social, NIF, registro, domicilio fiscal incorporados en el formulario de solicitud Anexo I
Declaración responsable de que no concurre ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, de hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, que no se encuentra en situación de crisis y que no está sujeta a una orden de recuperación por declaración de la Comisión de ayuda ilegal e incompatible, según el Reglamento 651/2014, de 17 de junio de 2014. Anexo II
Declaración responsable de que no ha solicitado ni recibido otras subvenciones o ayudas para la misma actuación o finalidad que la solicitada en el contexto del presente Programa de ayudas, de cualquier Administración, organismo o entidad pública, nacio nal o internacional. Así mismo, se declarará que no se ha superado la cantidad de 150 millones de euros en el total de solicitudes realizadas en las convocatorias autonómicas del presente programa para las actuaciones sujetas al reglamento general de exención por categorías Reglamento UE 651/2014. Para las ayudas destinadas a la actividad 1 achatarramiento sujetas a la aplicación del Marco Temporal se declararán todas las ayudas sujetas a dicho Marco Temporal que se han solicitado o recibido desde su aprobación. Así mismo, para este mismo tipo de ayudas, se declararán todas las ayudas sujetas al Reglamento de mínimis que se han solicitado o recibido en los últimos tres años. Anexo II
Declaración por la cual se compromete a conceder los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión Europea, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
Anexo II
Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/5/2023 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date24/05/2023

Page count6

Edition count487

First edition31/03/2004

Last issue06/05/2024

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