Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/12/2022 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL EN CEUTA

129.-

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, POR LA QUE SE ADJUDICAN
SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, EN EL ÁMBITO DE COLABORACIÓN CON
INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCRO QUE CONTRATEN TRABAJADORES DESEMPLEADOS PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL EN CEUTA, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022.
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Por Resolución de 28 de septiembre de 2022 BOCCE de 30 de septiembre de 2022, del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE en Ceuta, se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajadores desempleados para servicios de interés general y social en Ceuta.
II.- En la citada convocatoria se observaron todos los aspectos generales en cuanto a su contenido: objeto y regulación; beneficiarios y requisitos; crédito presupuestario; régimen de concurrencia; órganos competentes; plazos y vías de recursos.
III.- Con fecha 15.11.2022, la subdirectora provincial de prestaciones, empleo y formación, emite propuesta de Resolución provisional, adjudicando las puntuaciones de la convocatoria citada.
IV.- Las entidades solicitantes que habían sido propuestas en la resolución provisional como adjudicatarias de la subvención, manifiestan por escrito su intención de no presentar alegaciones a la propuesta emitida.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS.
PRIMERA.- La instrucción se realizó por la Subdirección Provincial competente, de acuerdo con el artículo 4 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas reguladoras de subvenciones se concedan por el SEPE en los ámbitos de formación profesional ocupacional BOE de 1 de abril; y en los términos establecidos en el artículo 22.1 de la citada Ley.
SEGUNDA.- El Órgano colegiado de Valoración procedió a emitir informe concretando el resultado de la evaluación efectuada;
y el Órgano instructor, a la vista del expediente y del informe referido, formula propuesta de resolución provisional debidamente motivada; todo ello de acuerdo con el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones y lo establecido en la Resolución de 26 de abril del Director Provincial del SEPE-Ceuta.
TERCERA.- El Director Provincial del SEPE-Ceuta es competente para resolver el expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 de la ley 38/2003; y el apartado primero.siete.3.1.a de la Resolución de 6 de octubre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, sobre delegación de competencias BOE de 13 de octubre.
CUARTA.- Superada la puntuación mínima de valoración por todas las entidades, manifiestan por escrito su intención de no presentar alegaciones a la propuesta emitida, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 38/2003, se determina que la propuesta realizada por el Órgano instructor tenga carácter de definitiva.

RESOLUCION
VISTAS las disposiciones citadas y demás concordantes de general aplicación, esta Dirección Provincial RESUELVE:
Primero.- Adjudicar, a las entidades del anexo I de esta resolución, las subvenciones que ese indican. Todo ello en relación con la convocatoria 2022 de subvenciones públicas, en concurrencia competitiva, con cargo al crédito presupuestario 19.101.241A.485.01 del Presupuesto de Gastos del SEPE-Ceuta, con la cantidad de 472.865,19€ cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos sesenta y cinco euros con diecinueve céntimos según detalle anexa a esta Resolución anexo I
Segundo.- 2º.Con dicha subvención se financiarán los costes salariales de 50 trabajadores, debiendo ser contratados con una duración máxima de siete meses.

Tercero.- Para la selección de los trabajadores objeto de la contratación, se tendrán en cuenta los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1997, siempre que el Sistema de información de los Servicios Público s de Empleo Estatal SISPE permita la intermediación laboral teniendo en cuenta los criterios establecidos en el citado artículo.
La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, de acuerdo con el artículo de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la propia Convocatoria 2022 para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajadores desempleados para servicios de interés general y social en Ceuta.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, preferentemente a través de esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, un recurso de alzada ante la Ministra de Trabajo y Economía Social, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015.
EL DIRECTOR PROVINCIAL
JOSÉ SIMÓN MARÍN
FECHA 05/12/2022
Firmado electrónicamente Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.490

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/12/2022 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date05/12/2022

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Edition count486

First edition31/03/2004

Last issue29/04/2024

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