Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/10/2020 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

111.-

DECRETO DEL PRESIDENTE DE LA CIUDAD DE CEUTA, DE 28 DE OCTUBRE DE 2020, POR EL QUE
SE ADOPTAN LAS MEDIDAS PARA LA APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 5 A 11 DEL
REAL DECRETO 926/2020, DE 25 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DECLARA EL ESTADO DE ALARMA PARA
CONTENER LA PROPAGACIÓN DE INFECCIONES CAUSADAS POR EL SARS-CoV-2
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableció un conjunto de medidas dirigidas a hacer frente a la evolución de la crisis sanitaria, así como prevenir posibles rebrotes, una vez superada la fase 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, y finalizada la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas.
Tras la entrada de Ceuta en la nueva normalidad, por parte de la Consejería competente se dictan distintos Decretos de medidas sanitarias preventivas:
1º Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad de Ceuta, de fecha 23 de junio de 2020, por el que se proceder al cierre de todas las playas de la ciudad de Ceuta como medida cuya finalidad es limitar la propagación del virus de la COVID-19, ante la celebración verbenas y fiestas populares.
2º Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad de Ceuta, de fecha 25 de junio de 2020, por el que se establecen medidas para la prevención y contención de la COVID-19 en la Nueva Normalidad.
3º Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad de Ceuta, de 14 de agosto de 2020, por el que se prohíbe el consumo de bebidas individual, colectivo o en grupo en la vía pública calle, espacios públicos ajenos a establecimientos de hostelería, así como en lugares similares, llamados vulgarmente "botellones", por ser considerados como situaciones de insalubridad y con un alto riesgo de contagio de COVID-19.
4º Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación, de 16 de agosto de 2020, por el que se adoptan nuevas medidas preventivas para contener el SARS-CoV-2, tras el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Ante el incremento de casos de contagio se aumentó la intensidad de las medidas impuestas, incluso con restricción de derechos fundamentales. A tal fin se dictó el Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación, de 23 de septiembre de 2020, por el que se establecen medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19, consecuencia de la situación epidemiológica en la Ciudad de Ceuta en ese momento.
Esta resolución se sometió al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sede de Sevilla, dando lugar al recurso nº 455/2020, en el que se dicta Auto de ratificación de medidas de fecha 25 de septiembre de 2020.
Finalmente, se hizo necesario un incremento de las medidas adoptadas dado el empeoramiento de la situación epidemiológica de la Ciudad, para lo que se dictó Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación, de 15 de octubre de 2020, por el que se establecen nuevas medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19, consecuencia de la actual situación epidemiológica en la Ciudad de Ceuta.
Esta Resolución también fue sometida a ratificación ante el Tribunal de Justicia de Andalucía, Sede Sevilla, dando lugar al recurso nº 531/2020, que concluyó con Auto de ratificación de 19 octubre de 2020.
Este último Decreto se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta de 19 de octubre de 2020, y tiene un periodo de validez de 15 días, por lo que a día de hoy permanece su vigencia.

Así las cosas, la situación epidemiológica ha cambiado rápidamente en los últimos días en la Ciudad de Ceuta, y a día de hoy puede calificarse como de riesgo extremo teniendo en cuenta los indicadores umbrales que, a efectos de esta calificación, han sido establecidos por el Consejo Interterritorial de Salud en sesión celebrada el pasado día 22 de octubre de 2020.
La evolución descrita exige la adopción de medidas sanitarias más severas, para lo que es preciso utilizar las facultades que como Autoridad competente delegada le ha otorgado a esta Presidencia el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-Cov-2.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.2.h del Reglamento del Gobierno y los Servicios de la Administración de la Ciudad de Ceuta, y en el artículo 2.2 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/10/2020 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date28/10/2020

Page count4

Edition count490

First edition31/03/2004

Last issue15/05/2024

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