Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 20/11/2019 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

y naturaleza que los citados anteriormente.
4. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente norma las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Tercero. Régimen jurídico de la convocatoria El procedimiento de concesión de estas subvenciones se rige por el acuerdo de Consejo de Gobierno, de 11 de octubre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de Subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector en la Ciudad Autónoma de la Ceuta, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en adelante, bases reguladoras, publicada en el BOCCE nº 5933, de 25 de octubre de 2019.
Asimismo, se regirá por el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta BOCCE de 18 de enero de 2005, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo y demás normas de derecho privado.
Cuarto. Cuantía.
El crédito de esta convocatoria procede de la cantidad asignada a la Ciudad Autónoma de Ceuta, para actividades de interés general consideradas de interés social en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el año 2019.
En la Orden SCB/1060/2019, de 21 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de octubre de 2019, por el que se autorizan los criterios de distribución y la distribución resultante, aprobados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, destinados a subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7
por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2019 BOE núm. 258, de 26 de octubre de 2019.
Como criterio de distribución de los créditos entre las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, se aprobó en la citada reunión que la asignación de recursos para 2019 se llevase a cabo en la misma cuantía que la percibida en el año 2017, se asignó un incremento del 1,1% y a las Ciudades de Ceuta y Melilla se les aplicó una corrección de 95.000 euros a cada una de ellas total 190.000 euros, tomando en consideración su carácter de extra-peninsularidad. Por tanto, le corresponde a la Ciudad Autónoma de Ceuta, la suma de 1.293.018,40€.
Las cuantías correspondientes a la Ciudad Autónoma de Ceuta se transferirán desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a la administración autonómica, teniendo la consideración de transferencia condicionada exclusivamente a la concesión real y efectiva de subvenciones destinadas a programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dentro de la disponibilidad de fondos prevista en la legislación presupuestaria del Estado.
Quinto. Programas que se consideran financiables.
Las áreas y los programas que se consideren prioritarios para su financiación con cargo a estas subvenciones en el año 2019, son las contenidas en el Anexo A que se acompaña a esta convocatoria.
Sexto. Presentación solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de siete días naturales contando a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El extracto de la convocatoria, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
3. Las solicitudes, dirigidas a la Consejería de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, obligatoriamente se presentarán telemáticamente por los medios regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. La solicitud y formularios que la acompañan y publican como ANEXOS a esta convocatoria están disponibles en el portal institucional de la Ciudad Autónoma de Ceuta http ceuta.es.

Lugar de la Firma: Ceuta Fecha de la Firma:2019-11-18
Firmante: Francisco Javier Guerrero Gallego Consejero de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.241

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 20/11/2019 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date20/11/2019

Page count4

Edition count486

First edition31/03/2004

Last issue29/04/2024

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