Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/10/2018 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

76.-

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PÚBLICAS
DESTINADAS A FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS JÓVENES, IDENTIFICADAS COMO
BENEFICIARIAS DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL, EN ACCIONES FORMATIVAS DIRIGIDAS A ADECUAR LAS APTITUDES Y LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES A LOS REQUERIMIENTOS
DEL MERCADO DE TRABAJO, TODO ELLO EN EL MARCO EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO
DE EMPLEO JUVENIL 2014-2020, EJE 5, OBJETIVO TEMÁTICO 8, PRIORIDAD DE INVERSIÓN 8.2, OBJETIVO
ESPECÍFICO 8.2.2 REFORZAR LA EMPLEABILIDAD Y LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES DE LAS
PERSONAS NO OCUPADAS Y NO INTEGRADAS EN LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN O FORMACIÓN.
Mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de fecha 8 de marzo de 2017, y Resolución de la Excma. Sra. Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 5 de junio de 2017, mediante la que se rectifican errores materiales detectados en la Resolución del 8 de marzo de 2017, publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta núm. 5.689, de fecha 23
de junio de 2017, se aprueban las Bases Reguladoras que han de regir el concurso, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a fomentar la participación de las personas jóvenes, identificadas como beneficias del SNGJ, en acciones formativas dirigidas a adecuar las aptitudes y las competencias profesionales a los requerimientos del mercado de trabajo, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, 2014-2020.
Dicha actuación se incardina en el Eje 5, Objetivo Temático 8, Prioridad de Inversión 8.2, Objetivo específico 8.2.2 Reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de las personas no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, y serán cofinanciadas por el FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil YEI en los términos establecidos en el Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, esto es, serán cofinanciadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta en un 8,11 % y por el FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil YEI, a través del ya citado Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, en un 91,89 %.
Con fecha 2 de octubre de 2018 se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta núm. 5.822, extracto de la Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de fecha 26 de septiembre de 2018, por la cual se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, las citadas ayudas para la acción formativa Programa Formativo en el desarrollo de contenidos digitales para la educación.

Se autorizó el gasto correspondiente a esta convocatoria por importe de SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS DE EURO 62.437,50 €, con car go al Progr ama Oper ativo de Empleo Juvenil 2014-2020.
De conformidad con lo establecido en la indicada convocatoria, se establece un plazo de presentación de solicitudes que abarca desde el 2 de octubre de 2018 hasta el 16 de octubre de 2018.
Concluido el citado plazo, se inicia la fase de instrucción del procedimiento.
De conformidad con lo estipulado en la base 13.2 del documento regulador, la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde al órgano instructor, esto es, PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A.
El órgano de instrucción del procedimiento realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
El órgano instructor, previamente al proceso de evaluación de las solicitudes por el Comité Técnico de Evaluación, comprobará que el joven se encuentra identificado como beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y emitirá un informe en el que conste que el solicitante reúne los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, comprobando la exactitud de los mismos, así como los documentos aportados para hacer valer su derecho.
La actividad instructora comprenderá:

Petición de informes que estime necesarios para resolver o que sean exigidos por las normas que regulan la subvención.
Evaluación de todas las solicitudes o peticiones por parte del Comité Técnico de Evaluación, efectuada conforme con los criterios, formas y prioridades de valoración establecidos en las presentes bases y en la correspondiente convocatoria, para establecer la prelación de la concurrencia.
Formular la propuesta de resolución provisional, por el Técnico instructor.
Notificar a los interesados dicha propuesta mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y otorgándoles trámite de audiencia mediante un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones, presentar reformulaciones o en su caso aceptar la propuesta de resolución provisional.
Realizar la propuesta de resolución definitiva, emitida por el Director de PROCESA.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.040

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/10/2018 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date24/10/2018

Page count4

Edition count486

First edition31/03/2004

Last issue29/04/2024

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