Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/5/2018 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
ORGANISMO AUTÓNOMO SERVICIOS TRIBUTARIOS DE CEUTA

28.-

ANUNCIO

IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE
Asunto: Apr obación definitiva de la modificación del ar ticulo 33 Dos de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación.
Nº Expediente: 13.868/2.018
Acuerdo Plenario de: 11 de mayo de 2018
Lugar de las actuaciones: Consejer ía de Economía, Hacienda, Administr ación Pública y Empleo. Dir ección de Tr ibutos, Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta. C/ Padilla s/n. Edif. Ceuta Center, 1 planta. Tlfno: 956528292 y 956528293. Emails: jdgarcia@ceuta.es y efernandez@ceuta.es El Ilustre Pleno de la Asamblea, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de mayo de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Aprobar definitivamente, en su apartado de prestación de servicios, la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en Ceuta, con el siguiente tenor:
UNO:
Artículo 33. Dos. Las pr estaciones de ser vicios tr ibutar án al tipo gener al del 4% con las siguientes par ticular idades:
1.

Se aplicará el tipo de gravamen del 10% a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y de televisión. A efectos de lo anterior se entenderán por servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y de televisión los descritos en la normativa común del IVA.

2.

Con las excepciones establecidas en el punto 5 de este artículo, tributarán a un tipo de gravamen del 9% las siguientes actividades:
a
Las actividades incluidas en la Agrupación 84 de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

b Los servicios de saneamiento, limpieza y demás incluidos en la Agrupación 92 de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, a excepción de las correspondientes a la agrupación 9221.1 que tributarán al 6% cuando el destinatario de los servicios no pertenezca al Sector Público.

3.

Tributarán al tipo reducido del 2% las siguientes prestaciones de servicios:

a
Las prestadas por restaurantes de un tenedor, y por los demás bares y cafeterías del epígrafe 673.2, así como las actividades de restauración comprendidas en el epígrafe 677.9 de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

b Los servicios de auto taxis, así como los de transporte terrestre urbano colectivo de viajeros.
4.

La prestación del servicio de abastecimiento de agua potable tributará al tipo de gravamen del 1%.

5.

Tributarán a un tipo de gravamen de 6% las actividades profesionales, artísticas y empresariales incluidas en el Anexo 3 de esta Ordenanza, así como las actividades incluidas en la agrupación 75 del Impuesto sobre Actividades Económicas.
DOS

Las modificaciones propuestas en el punto UNO anterior entrarán en vigor el día primero del trimestre natural siguiente al día de la publicación del acuerdo plenario en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

SEGUNDO: Facultar a la Consejer a de Economía, Hacienda, Administr ación Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, para cuanto sea preciso al debido cumplimiento de lo acordado, y en particular para, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, instruir el procedimiento conducente a la publicación de los acuerdos adoptados en el Boletín Oficial de la Ciudad, fecha a partir de la cual producirá su entrada en vigor en los términos anteriormente previstos.
RECURSOS.Contra el presente acuerdo podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo núm. 1 de Ceuta, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este acto en el BOCCE, según autorizan el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales BOE 9 de marzo de 2004 y los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/5/2018 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date28/05/2018

Page count6

Edition count486

First edition31/03/2004

Last issue29/04/2024

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