Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 6/4/2018 - Extraordinario

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El art. 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con el art. 176 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y el art. 41.14 d del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, señala que: 1.- El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones sólo podrán modificarse con motivo de la aprobación de los Presupuestos anuales.
2.- El nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde o Presidente de la entidad local correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.
3.- El nombramiento y cese de éstos funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicarán en el <> de la Provincia y, en su caso, en el propio de la Corporación.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público recoge en su artículo 12 que es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. apartado 1; y que el nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento apartado 3.

PARTE DISPOSITIVA.Se nombra a D. Diego Luis Fernández Vázquez como personal eventual en el puesto de trabajo de Asesor del Grupo Político Ciudadanos con efectos desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Doy fe, LA SECRETARIA GENERAL,
LA CONSEJERA,
M Dolores Pastilla Gómez
Kissy Chandiramani Ramesh
21.- La Excma. Sr. Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, D. Kissy Chandiramani Ramesh, en virtud de las competencias atribuidas por la Presidencia de la Ciudad realizada por Decreto de fecha 20-09-2017 B.O.C.CE nº 5717, de fecha 29/09/17, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de autonomía ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente:
DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO.Por decreto de fecha 18 de diciembre de 2017 se nombra a D. Paulina M Rodríguez Corrales como personal eventual en el puesto de trabajo de Técnico de Comunicación mientras dure la baja maternal de D. Ana Belén Villazán Peñalosa.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS.La competencia en esta materia la ostenta la Excma. Sr. Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, D. Kissy Chandiramani Ramesh, en virtud del Decreto de Presidencia de 20 de septiembre de 2017, por las que se le atribuyen las competencias en materia de Función Pública, Régimen Jurídico y Retributivo del personal.
El art. 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con el art. 176 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y el art. 41.14 d del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, señala que: 1.- El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones sólo podrán modificarse con motivo de la aprobación de los Presupuestos anuales.

2.- El nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde o Presidente de la entidad local correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.
3.- El nombramiento y cese de éstos funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicarán en el <> de la Provincia y, en su caso, en el propio de la Corporación.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público recoge en su artículo 12 que es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. apartado 1; y que el nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento apartado 3.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 6/4/2018 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date06/04/2018

Page count4

Edition count486

First edition31/03/2004

Last issue29/04/2024

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