Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 14/12/2017 - Extraordinario

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DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

74.-

El Consejo de Gobierno de fecha 24 de noviembre de 2017 tiene conocimiento de la Propuesta de la Sra. Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales que, copiada a la letra, es del siguiente tenor literal:
La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales eleva al Consejo de Gobierno la presente propuesta de acuerdo, con el amparo de los establecido en el Decreto de Presidencia de 20 de septiembre de 2017, por el que se establece la Estructura de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
La aprobación por el Consejo de Gobierno de los criterios de ejecución de las campañas institucionales de publicidad y comunicación, tendrán una vigencia de anual, en relación al Presupuesto aprobado para el ejercicio 2018, y coincidiendo con lo establecido por el Plan de Publicidad y Comunicación Institucional que recoge las necesidades que, las diferentes Consejerías y Organismos dependientes de la Administración, habrán de desarrollarse en la citada materia, sin perjuicio de las modificaciones oportunas que se pudieran producir a lo largo del ejercicio.
En consecuencia, se propone al Consejo de Gobierno la adopción de los siguientes acuerdos:
1.
2.

Aprobación de la Convocatoria para Acreditar la Solvencia Técnica y Financiera de los Medios de Comunicación para el ejercicio 2018.
Aprobación de los Criterios de Ejecución de las Campañas Institucionales de Publicidad y Comunicación de la Ciudad Autónoma de Ceuta para el ejercicio 2018.

Ambos documentos serán incluidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Ceuta para el ejercicio 2018.
Conocida dicha propuesta y aprobada la urgencia conforme determina la vigente legislación, el Consejo de Gobierno, por unanimidad, ACORDÓ:
Prestar conformidad a la misma en todo su contenido, siendo los textos de ambos documentos los que, diligenciados por la Secretaría del Consejo de Gobierno, obran en el expediente.
CONVOCATORIA PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA Y FINANCIERA
DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA EL EJERCICIO 2018

Los medios de comunicación locales deberán estar acreditados debidamente, con anterioridad a la fecha de publicación del Plan de Publicidad y Comunicación para el ejercicio 2018, con el objetivo de garantizar que la publicidad contratada por la administración atienda al interés general y alcance unos mínimos exigibles de calidad técnica y difusión.
Para el cumplimiento de estos objetivos, los medios deberán disponer de los recursos técnicos, humanos y financieros que garanticen su solvencia para ejecutar un servicio que garantice al contratante, la calidad suficiente y necesaria exigida, según lo recogido en el Plan de Publicidad y Comunicación Institucional, siempre mediante el uso de los recursos propios de cada medio, sin posibilidad de subcontratación de terceros.
Con el objetivo de que esta Administración, garantice unos criterios mínimos de solvencia técnica que justifique la calidad de la publicidad y difusión, los medios de comunicación que puedan ser susceptibles de ser contratados para difundir publicidad institucional deberán acreditar la plantilla media de trabajadores durante los últimos 12 meses a contar desde la publicación de esta convocatoria, mediante informe emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido al centro de trabajo, en su caso, de Ceuta El Plan de Publicidad y Comunicación Institucional que se regula en la presente convocatoria tendrá de duración el plazo de un año, contado a partir del día 01/01/2018. Para ejercicios sucesivos se realizará una nueva convocatoria a partir del Plan de Publicidad y Comunicación Institucional previsto para el siguiente ejercicio.
Al objeto de acreditar la citada solvencia técnica y financiera, aquellos medios de comunicación que quieran ser susceptibles de contratación por parte de la Ciudad, para la difusión de la publicidad institucional, deberán presentar y acreditar fehacientemente los siguientes extremos:

Capacidad económica y financiera. La cantidad máxima que podr á contr atar se por la pr estación de ser vicios de publicidad y difusión con cualquiera de los medios de comunicación acreditados no podrá ser superior al 75 % de la cifra de negocios del mejor de los últimos tres ejercicios; entendiendo por cifra de negocios el importe de las ventas y de las prestaciones de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias del medio de comunicación.

Solvencia técnica o profesional. La solvencia técnica o pr ofesional de los empr esar ios deber á apr eciar se teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse presentando ante el órgano de contratación una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 14/12/2017 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date14/12/2017

Page count5

Edition count490

First edition31/03/2004

Last issue15/05/2024

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