Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/09/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
LEYES
MINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Ley N: 9246
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º- Exceptúase del régimen de incompatibilidades relativas a la contratación de servicios profesionales por parte del Estado provincial a los intérpretes de Lengua de Señas, los que podrán desempeñar su labor y revistar en más de una repartición pública como Personal Eventual Contratado en Planta Transitoria art. 8, Decreto Ley Nº 560/73. En particular, los intérpretes de Lengua de Señas que revistan en el Estado provincial en cualquier modalidad podrán ser contratados y remunerados cuando se los requiera como Peritos por parte del Poder Judicial, el Ministerio Público de la Defensa o el Ministerio Público Fiscal.
Art. 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN SESIONES EN LÍNEA DE LA HONORABLE LEGISLATURA, en Mendoza, a los once días del mes de agosto del año dos mil veinte.
SDOR. JUAN CARLOS JALIFF
LIC. ANDRÉS LOMBARDI
PROC. JORGE DAVID SAEZ
DRA. MARÍA CAROLINA LETTRY
S/Cargo 11/09/2020 1 Pub.
Ley N: 9258
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y :
ART. 1 Modifíquese el inciso 6.6, del artículo 6º de la Ley Nº 9240, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 6 - inciso 6.6 Organizaciones Empresariales representativas de los sectores de la Industria, del Comercio, de la Agricultura, de la Ganadería, del Turismo, del Desarrollo Tecnológico, de la Construcción, del Hidrocarburífero y del Minero: nueve 9 representantes, uno por cada sector enunciado."
ART. 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE
BO-2020-04222905-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 11 de Septiembre de 2020
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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