Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 18/06/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DECRETOS
MINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA

Decreto N: 775
MENDOZA, 17 DE JUNIO DE 2020
Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520 de fecha 7 de junio de 2020 y el Decreto Acuerdo Nº 700
de fecha 8 de junio de 2020; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N 260/20 se amplió por el plazo de UN 1 año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD OMS en relación con el COVID-19.
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N 297/20 se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, que fue prorrogada sucesivamente por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 325/20, 355/20, 408/20, 459/20 y 493/20, hasta el 7 de junio de 2020, inclusive.
Que asimismo, en concordancia con las medidas adoptadas a nivel nacional, la Provincia de Mendoza ha dictado diversas normas con idénticos fines, cuya vigencia temporal se dispuso originalmente hasta el 31
de marzo de 2020, siendo prorrogadas sucesivamente hasta el 8 de junio por Decretos Acuerdo Nº 472/2020, Nº 512/2020, Nº 563/2020, Nº 612/2020, Nº 635/2020, Nº 657/2020 y 698/2020.
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520, partiendo del diferente impacto y desarrollo de la pandemia en el territorio de la Nación, dispone por un lado una medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" y por otro lado, mantiene la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" para los aglomerados urbanos, departamentos y partidos de las provincias argentinas, que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios citados.
Que por Decreto Acuerdo Nº 700/2020 se dispuso la vigencia del "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" en el ámbito provincial, flexibilizando diversos aspectos vinculados con actividades y/o servicios regulados por decretos anteriores.
Que por Decreto Acuerdo Nº 762/2020 se dejaron sin efecto los conceptos de "cercanía" en relación a las reuniones familiares y/o sociales y de "comercios de proximidad" en relación a los bares, cafés y restaurantes.
Que todas las medidas adoptadas como consecuencia de la pandemia, en tanto persiguen asegurar la salud de la población, están sujetas en su vigencia a la situación epidemiológica de la Provincia.
Que atento haber verificado las autoridades competentes, tanto provinciales como municipales, diversos casos de incumplimiento de los límites previstos en la normativa vigente y considerando especialmente la situación epidemiológica de la Provincia, que ha experimentado en los últimos días un incremento de casos de Virus Covid-19 SarS-CoV2, resulta necesario revisar algunas de las decisiones adoptadas en el Decreto Acuerdo Nº 700/2020, a fin de evitar y/o mitigar la propagación del mencionado virus.
Por ello, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 18 de Junio de 2020
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 18/06/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date18/06/2020

Page count88

Edition count1805

First edition20/01/2017

Last issue09/05/2024

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