Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 02/01/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DECRETOS
MINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA

Decreto N: 2563
MENDOZA, 12 DE NOVIEMBRE DE 2019
Visto el Expediente Nº 2598-D-2019-20108, mediante el cual se interpone Recurso Jerárquico; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/06 se presenta GRENCI, ALBERTO MIGUEL, con D.N.I Nº 11.275.364 e interpone Recurso Jerárquico contra lo resuelto en Acta Nº 1.160, de fecha 28/06/2019 obrante a fs. 20/21 del Honorable Directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Abogados y Procuradores de Mendoza, requiriendo en definitiva el otorgamiento de Pensión para sí, con motivo del fallecimiento de su cónyuge, la Dra.
Verónica Rinaldelli, ocurrido el 05/12/2003 y en razón de la extinción del beneficio pensionario deferido a su hija, María Valentina Grenci, en virtud de haberse cumplido el supuesto previsto por el Artículo 32, inc.
a, de la Ley Nº 5.059;
Que el quejoso manifestó ante el organismo mencionado no peticionar el reconocimiento retroactivo de tal derecho, sino sólo desde el momento del cese del derecho pensionario de su hija;
Que dicha solicitud fue efectuada con anterioridad por el recurrente, en dos oportunidades, siendo rechazada por el H. Directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Abogados y Procuradores de Mendoza, mediante las Actas Nº 791, de fecha 06/02/2004 y Nº 1.093, de fecha 19/08/2016 obrante a fs.
24 y 25/27 respectivamente;
Que en fecha 22/11/2018, el Sr. Grenci, por tercera vez volvió a solicitar la pensión por sí, intentando modificar lo resuelto en las anteriores resoluciones -naturaleza impugnativa-, por lo que, al haberse vencido los plazos recursivos, se le da tratamiento de denuncia de ilegitimidad;
Que habiendo analizado las razones argumentadas por el quejoso, las cuales son sustancialmente idénticas a las invocadas en su última presentación, el H. Directorio desestima sustancialmente la denuncia de ilegitimidad mediante Acta Nº 1.160, de fecha 28/06/2019;
Que ante tal rechazo, el recurrente interpuso Recurso Jerárquico ante el Sr. Gobernador, alegando principalmente que corresponde la aplicación de la norma más favorable, con fundamento en el fallo "Arcuri Rojas";
Que en cumplimiento del principio del informalismo a favor del administrado, corresponde darle tratamiento de Recurso de Alzada;
Que el Recurso de Alzada procede ante las decisiones definitivas de ciertas entidades públicas no estatales que causen estado dentro de las mismas, pese a no estar sujetas al poder jerárquico del Poder Ejecutivo, están sometidas al control de éste último en relación a ciertos actos administrativos que efectúa;
Que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Abogados y Procuradores de Mendoza, conforme lo establecido por el Artículo 1º de la Ley Nº 5.059, es una entidad autárquica, con personería jurídica e individualidad financiera, independiente de la Administración Pública Provincial, con capacidad para actuar pública y privadamente, por lo que, tanto la doctrina como la jurisprudencia admiten la procedencia del Recurso de Alzada contra las decisiones definitivas de dicho ente;
Que el Artículo 1º del Acta Nº 1.160, de fecha 28/06/2019, del Honorable Directorio de la Caja de
BO-2020-00000905-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 2 de Enero de 2020
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 02/01/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date02/01/2020

Page count36

Edition count1815

First edition20/01/2017

Last issue24/05/2024

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