Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 14/05/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DECRETA:
Artículo 1º - El Régimen Progresivo Anticipado consiste en la posibilidad de que goza una persona sometida a proceso penal y sujeta a una medida privativa de libertad preventiva, de acceder al régimen progresivo de la pena contemplado en la Ley Provincial Nº 8465 y su modificatoria, previamente a su condena y sin afectar garantías, ni generar presunciones en su contra.
Artículo 2º - El Régimen Progresivo Anticipado y las actividades que se desarrollen como consecuencia de este, tendrán por objeto posibilitar al procesado hacer de su detención preventiva un período útil para sí y para la sociedad en su conjunto, conforme lo dispuesto por el artículo 204 de la Ley Provincial Nº 8465 y por la Ley Provincial Nº 7842. A tal fin se crearán e implementarán programas y actividades específicos, garantizando el ejercicio del derecho al trabajo, educación, salud, y demás derechos no afectados por la medida.
Artículo 3º - El Régimen permitirá la aplicación de las normas pertinentes de la Ley Provincial Nº 8465 y su modificatoria Ley N 8971.
Artículo 4º - La persona sometida a proceso penal ante un órgano jurisdiccional de la Provincia de Mendoza podrá solicitar su incorporación al Régimen Progresivo Anticipado cuando hayan transcurrido 90
días de su ingreso a un establecimiento penitenciario dependiente del Servicio Penitenciario Provincial y, posteriormente, en cualquier momento mientras no haya recaído sentencia condenatoria firme.
Articulo 5º - Para asegurar el ejercicio de este derecho se le informará en forma fehaciente al momento del ingreso y al notificársele su primera calificación trimestral, de los alcances del Régimen Progresivo Anticipado y programas y actividades que lo integran.
Articulo 6º - La solicitud de incorporación será remitida al Consejo Correccional del Establecimiento Penitenciario cuyos miembros determinarán situación actual del sujeto y propondrán estrategias y actividades de corto, mediano y largo plazo, con las pautas objetivas que serán evaluadas en la calificación trimestral de concepto. Todo lo actuado se traducirá en un contrato de Régimen Progresivo Anticipado, el que será consensuado con el procesado y podrá ser revisado de manera periódica.
Artículo 7º - El ingreso del procesado al Régimen Progresivo Anticipado será dispuesto por una resolución emanada del Director del Establecimiento Penitenciario en el que se encontrare alojado el procesado y durará hasta tanto no exista renuncia o recaiga sentencia condenatoria firme.
Artículo 8º - Mientras no recaiga sentencia condenatoria firme, la persona incorporada al Régimen Progresivo Anticipado que cumpla con los requisitos respectivos, podrá acceder hasta la última fase del Período de Tratamiento.
Artículo 9º - Toda actividad vinculada al Régimen Progresivo Anticipado no podrá impedir o perturbar la realización de actos procesales de su causa como audiencias, comparendos, reconocimientos, etc. Toda inasistencia a las distintas actividades que componen el régimen, justificada por tal motivo, deberá ser compensada con posterioridad a la fecha del acto procesal, dejando constancia por escrito y no implicará una afectación en sus calificaciones.
Artículo 10º - La persona incorporada al Régimen Progresivo Anticipado mantendrá la calificación de conducta y de concepto, así como la instancia del Régimen Progresivo alcanzados al momento de recibirse la sentencia condenatoria firme y su cómputo.
Artículo 11 - Una vez recaída sentencia condenatoria firme se procederá, por intermedio del Organismo Técnico Criminológico, a la elaboración de un diagnóstico criminológico, propuesta, actualización o verificación del tratamiento, pudiendo confirmarse la etapa o fase alcanzada o ser promovido a instancias más avanzadas, conforme lo estipula el artículo 14 de la Ley Nº 8465.

BO-2018-01180556-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 14 de Mayo de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 6 de 165

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 14/05/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date14/05/2018

Page count166

Edition count1829

First edition20/01/2017

Last issue13/06/2024

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