Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 19/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 19 de febrero de 2024

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para los años 2022-2026, proceden a actualizar las tablas salariales para el año 2023 por aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 del VII Convenio General del Sector de la Construcción en adelante CGSC publicado en el BOE de fecha 23 de septiembre de 2023 y en su virtud acuerdan que:
Las tablas provinciales del año 2022, vigentes durante el ejercicio, se actualizarán en un tres por ciento 3 % con efectos desde el día 1 de enero de 2023. No obstante, se acuerda que el plus salarial de actividad se regirá por el siguiente criterio: Actualización en un cuatro por ciento 4 % de las tablas del año 2022 con efectos desde el día 1 de enero de 2023.
Las tablas salariales revisadas correspondientes al año 2023 se adjuntan a la presente acta, como anexos II, III y VI. Estas tablas, que serán de aplicación con efectos desde el 1 de enero del año 2023, no son ningún documento contractual, y sólo se firman como mera referencia y ayuda a empresas y trabajadores.
Las partes negociadoras recuerdan que el 1 de enero de 2015 entró en vigor el nuevo sistema de clasificación profesional, motivo por el que recomiendan que, a efectos retributivos, se haga constar el grupo profesional como es preceptivo desde esa fecha y, además, se siga indicando la antigua categoría profesional, como medio de acreditar el nivel retributivo correspondiente.
Cláusula de garantía salarial 2023
Aunque no se establece cláusula de garantía salarial para el año 2023 de manera independiente, si se estará a lo dispuesto en el artículo 55 del VII CGSC, donde se establece una cláusula de garantía salarial, de manera que si la suma de la tasa anual del índice de precios al consumo de los meses de diciembre de los años 2022, 2023 y 2024, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, se situara en un nivel superior al 10,0 %, y siempre con un máximo de un 13,0 %, se incrementarán con efectos de 1 de enero de 2025 las tablas salariales del año 2024, sin efectos retroactivos, de manera que el 50,0 % de ese exceso irá en un 50,0 % a incremento salarial en las tablas salariales y el otro 50,0 % a aportación al plan de pensiones de las personas trabajadoras en alta en la empresa a dicha fecha de 1 de enero de 2025; la contribución al plan de pensiones se llevará a cabo en los términos y condiciones que se determinen en el libro tercero del VII CGSC publicado en el BOE de fecha 23 de septiembre de 2023.
Otros conceptos económicos del articulado para los años 2022 y 2023
Los miembros de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026, proceden a actualizar los siguientes conceptos económicos para los años 2022 y 2023 en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 del VII Convenio General del Sector de la Construcción en adelante CGSC publicado en el BOE de fecha 23 de septiembre de 2023 y en su virtud:
Se acuerda que el complemento por discapacidad establecido en el artículo 34 del convenio quede cifrado en las siguientes cantidades para los años 2022 y 2023:
GRADOS DE DISCAPACIDAD COMPRENDIDA
ENTRE EL

IMPORTE BRUTO POR MES NATURAL
DEL COMPLEMENTO

13 POR 100 Y 22 POR 100

17 EUROS

23 POR 100 Y 32 POR 100

24 EUROS

33 POR 100 O SUPERIOR

34 EUROS

Respecto al complemento salarial para los años 2024, 2025 y 2026, se estará a lo que, para cada uno de los mismos sea objeto de acuerdo y publicación por la comisión negociadora del convenio.

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Número 35

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 19/2/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date19/02/2024

Page count74

Edition count5539

First edition15/01/2001

Last issue05/05/2024

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