Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 21/3/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 21 de marzo de 2023

Página 2

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
DELEGACIÓN TERRITORIAL EN MÁLAGA

ANUNCIO DE 2 DE MARZO DE 2023, DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN MÁLAGA, SOBRE PAGO DE INTERESES DE DEMORA
EN EXPEDIENTES DE EXPROPIACIÓN FORZOSA.

Hechos efectivos los libramientos para el pago de los intereses de demora reseñados en los anexos de este anuncio, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del Decreto, de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como el artículo 48 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa.
Para el recibo de las cantidades que le correspondan mediante transferencia bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y del artículo 52 y siguientes del Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, habrá de presentar preferentemente a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía www.juntadeandalucia.es/servicios, o bien en el Registro General de esta Delegación, sita en plaza San Juan de la Cruz, número 2, 29007 de Málaga, para lo cual deberá solicitar cita previa en el teléfono 955 062 627 o a través de web lajunta.es/2an6w, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la siguiente documentación:
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria.
2.Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte. De actuar mediante representación, esta deberá ser acreditada por cualquier medio válido en derecho, debiendo aportar en esta último caso documentación original o compulsada.
3. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse copia del CIF y de la escritura de constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda documentación original o copia compulsada.
4. Certificado bancario original donde conste la titularidad de la cuenta.
De no presentar la documentación solicitada, los intereses de demora serán depositados en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno Málaga, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.
En el supuesto de que algún titular expropiado persona física desee cobrar mediante cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a esta Delegación Territorial en Málaga.
Al mismo tiempo, se hace público este acto para que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan ponerlo de manifiesto.

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Número 54

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 21/3/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date21/03/2023

Page count35

Edition count5536

First edition15/01/2001

Last issue28/04/2024

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