Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 3/2/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 3 de febrero de 2023

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A tenor de los artículos 106 y 107 del mismo reglamento, se presentará:
Proyecto correspondiente por cuadruplicado, debidamente precintado y suscrito por técnico competente. Caso estar obligado a relación electrónica con la Administración ver resto del anuncio, dos copias formato digital.
En todo caso, una de las copias redactada con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, para su publicación. Para ello, se deberán eliminar los datos de carácter personal en dicha copia.
Cuando la concesión solicitada sea para riegos, los documentos públicos o fehacientes que acrediten la propiedad de la tierra a regar; o en el caso de concesiones solicitadas por comunidades de usuarios, la relación nominal de comuneros en la explotación especificando para cada de ellos los números de polígono y parcela que incluyen en la comunidad que integran, la superficie de la parcela, superficie de riego, cultivo y sistema de riego, así como los documentos que justifiquen haber sido aprobada la solicitud de concesión en junta general.
Asimismo, el proyecto deberá someterse al procedimiento de prevención ambiental que contemple la normativa Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, Decreto 5/2012, de 17 de enero, por el que se regula la autorización ambiental integrada, y Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas. Por ello deberá aportar la documentación pertinente en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, entregando en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir copia del justificante que acredite haber iniciado ese procedimiento junto con la documentación solicitada en los dos puntos anteriores.
Se informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados, entre otros, a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo:
a Las personas jurídicas.
b Las entidades sin personalidad jurídica.
cQuienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en ejercicio de dicha actividad profesional.
dQuienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Por tanto, caso el solicitante pertenezca a alguno de los mencionados grupos, cualquier actuación relacionada con el presente procedimiento, le será notificada mediante la carpeta ciudadana en la sede electrónica de la Administración General del Estado. Asimismo, cualquier presentación de documentación referida al presente procedimiento deberá ser aportada en formato digital mediante registro electrónico.
Para ello, es necesario que comunique los siguientes datos:
Dirección de correo electrónico donde se recibirá el aviso de que se ha emitido una notificación.
Identificar la persona física nombre y DNI autorizada para recibir la correspondiente notificación, mediante el acceso a la carpeta ciudadana. Dicha persona deberá estar en disposición de identificarse mediante el sistema de autenticación de cl@ve a través de:
certificado digital o DNI electrónico, clave pin o clave permanente.

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Número 23

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 3/2/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date03/02/2023

Page count21

Edition count5547

First edition15/01/2001

Last issue02/06/2024

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