Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 15/6/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 113
Lunes, 15 de junio de 2020
Página 35
5.3.2.2. Normativa de edificación y uso Las normas de la edificación que se proyectan al amparo de este plan parcial de ordenación, están basadas, tanto en las determinaciones de las NNSS del municipio de Villanueva del Rosario, así como en las del Plan General de Ordenación del municipio, actualmente en trámite de aprobación.
De la ordenación efectuada a partir de la directrices descritas anteriormente en aplicación de las NNSS y plan general resultan las siguientes zonas:
Zona industrial IND-1
a Usos Principal: Industrial de los definidos en 3.2.1. A j.1, j.2, j.3, o j.4.
Residencial: Se permite vivienda de un guarda por cada parcela, en parcelas de más de 2.000 m2 de superficie.
b Parcela mínima Superficie: 250 m2.
Anchura mínima de fachada: 10 m.
d Número máximo de plantas Se permite una segunda planta para oficinas relacionadas con la actividad de la industria que no podrá ocupar más del 30 % de la superficie de la parcela.
e Separación a linderos Públicos: Alineación a vial.
Privados: Adosado a lindero privado o separado un mínimo de 3 metros.
f Ocupación máxima 100 % en planta baja.
30 % en planta de oficinas.
g Edificabilidad neta de la parcela Inferior a 1.215 m2t/m2s.
h Cerramiento Caso de no alinearse a lindero privado, el cerramiento de mismo tendrá una altura máxima de 2,70 metros.
i Aparcamiento en las parcelas El proyecto de construcción justificará la previsión de plazas de aparcamientos en el interior de la parcela a razón de 20 m2 por cada 250 m2 de nave de uso industrial y 20 m2
por cada 50 m2 de oficina.
Zona equipamiento público a Usos Lúdicorecreativocomercial: Tipo de edificación: Alineada.
Deportivo: Tipo de edificación: Exenta.
b Parcela mínima Serán las expuestas en el presente plan parcial de ordenación. De donde se tienen 3
parcelas:
Equipamiento comercial: 291,92 m2.
Equipamiento social: 292,21 m2.
Equipamiento deportivo: 589,17 m2.
CVE: 20200615-02459-2020 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
c Altura máxima 10 metros, excepto en el caso de elementos singulares chimeneas o similares cuya finalidad se especifique en el correspondiente proyecto de construcción.