Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/5/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 82
Jueves, 30 de abril de 2020
Página 13
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 7 DE MÁLAGA
Procedimiento: 499/2019.
Negociado: A3.
De doña María José Rojo Vidal.
Contra Hoyo 14 Golf House, Sociedad Limitada; San Hermenegildo Houses, Sociedad Limitada y Gestión Aloha Marbella.
La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número siete de Málaga Hace saber: Que, en este Juzgado se sigue la ejecución número 499/2019, sobre despidos/
ceses en general, a instancia de doña María José Rojo Vidal, contra Hoyo 14 Golf House, Sociedad Limitada; San Hermenegildo Houses, Sociedad Limitada y Gestión Aloha Marbella, en la que, con fecha, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:
Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda de despido y reclamación de cantidad interpuesta por doña María José Rojo Vidal, frente a Hoyo 14 Golf House, Sociedad Limitada, declarando el despido de 5 de abril de 2019, como improcedente, y declarando la extinción de la relación laboral el día de la fecha y condenando a la demandada a la actora a la cantidad de 2.413,12
euros de indemnización, 2.925 euros de salarios de tramitación, 4.673,17 euros de cantidades adeudada y 467,31 euros de mora.
Que debo tener y tengo por desistido de la demanda presentada frente a San Hermenegildo Houses, Sociedad Limitada y Gestión Aloha Marbella, Sociedad Limitada.
Que debo declarar y declaro que Fogasa debe estar y pasar por la anterior declaración.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social de del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social número siete de Málaga, en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, debiendo consignar en metálico o mediante aval bancario en el caso que el recurrente no gozare del beneficio de Justicia gratuita en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado las cantidades derivadas de la anterior condena así como depósito para recurrir.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Hoyo 14 Golf House, Sociedad Limitada y Gestión Aloha Marbella, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Málaga, a 9 de marzo de 2020.
La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Campo Urbay.
1830/2020
D
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Ed icto