Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 7 de febrero de 2020

Página 43

Los contratos de trabajo a formalizar con los integrantes de la bolsa de trabajo tendrán una duración máxima de un año, no prorrogables por obra o servicio de suerte que terminado el periodo de contratación, el integrante pasará a ocupar el último lugar de la bolsa de trabajo.
La renuncia a un puesto obtenido en la bolsa supondrá la reincorporación al último puesto de la bolsa constituida, salvo que la misma se deba a una causa excepcional de fuerza mayor debidamente acreditada y justificada, entendiéndose en ésta última aquellos supuestos que no hubieran podido evitarse ni preverse, una situación ajena al interesado, que no dependa de nadie, no pudiendo evitarse las consecuencias ni con la mayor previsión y diligencia. Asimismo, en casos de accidente o enfermedad grave del interesado/a o que precise hospitalización o intervención quirúrgica, este conservará el orden en la bolsa, debiendo justificarse mediante informe médico en el que conste el carácter de gravedad.
La actualización de la bolsa se realizará siempre que se produzcan modificaciones en el orden de los candidatos, debida a contrataciones o renuncias a la oferta de trabajo realizada. La misma se publicará en el tablón de edictos de este Ayuntamiento.
Conforme se vayan produciendo las necesidades, por los servicios administrativos de este Consorcio se pondrá en conocimiento del aspirante o aspirantes siguiendo el orden con el que figuren en la bolsa, para que a la vista y comprobación de los requisitos exigidos y a la mayor brevedad se eleve propuesta de formalización de contrato laboral.
Décimo. Incidencias Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el orden contencioso-administrativo, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el TRET; el TREBEP; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

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Número 26

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date09/02/2020

Page count45

Edition count5539

First edition15/01/2001

Last issue05/05/2024

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