Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 25/1/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 24 de enero de 2020

Página 5

Criterios para determinar la pertenencia a los grupos profesionales:
1. La determinación de la pertenencia a un grupo profesional será el resultado de la ponderación, entre otros, de los siguientes factores: formación, conocimientos y experiencia, iniciativa, autonomía, responsabilidad y complejidad.
2. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se tendrá en cuenta:
a Formación, conocimientos y experiencia: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta, además de la formación requerida para cada grupo profesional, la experiencia profesional adquirida y la especialización de dicha formación.
b Iniciativa: Predisposición de emprender acciones, crear oportunidades y mejorar resultados sin necesidad de un requerimiento externo que lo empuje, apoyado en la autorresponsabilidad. Supone una actitud proactiva, aprovechando oportunidades y persiguiendo los objetivos más allá de lo que se requiere.
c Autonomía: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de dependencia jerárquica en el desempeño de tareas o funciones que se desarrollen.
d Responsabilidad: Factor para cuya valoración se tendrán en cuenta el grado de autonomía de acción del trabajador o trabajadora, el nivel de influencia sobre los resultados, la relevancia de la gestión sobre recursos humanos, técnicos y productivos y la asunción del riesgo por las decisiones tomadas y sus consecuencias.
e Complejidad: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el número y el grado de integración de los diversos factores antes enumerados en la tarea o puesto encomendado.
A partir de la entrada en vigor del presente convenio, para la cobertura de los puestos de nueva creación o sustitución se hará en todo caso un proceso de comunicación interna en la que se ofrecerá la plaza al personal de la entidad para favorecer la promoción y la movilidad del mismo, conforme a los criterios de selección que el departamento de recursos humanos y la dirección establezca en cada caso. Como norma general, se publicitará durante dos días la oferta debiendo tener para poder optar a esta plaza una antigedad superior a seis meses. Una vez baremados a los candidatos se comunicará la finalización del proceso de promoción interna mediante correo electrónico.
Contrato por obra o servicio determinado Esta modalidad de contrato se utilizará para la realización de una obra o prestación de un servicio determinado, con autonomía e independencia propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta.
A los efectos de lo previsto en el ET, además de los contenidos generales previstos en dicha norma, se identifican expresamente como trabajos o tareas con sustantividad propia y susceptibles de ser determinados como de obra o servicio, los que se realicen para el desarrollo de proyectos y/o programas subvencionados o conveniados con las administraciones públicas, con una duración determinada o incierta.
Esta modalidad contractual podrá ser utilizada también para cursos de formación profesional ocupacional, y campañas y no programas, tales como:
Sorteo del Oro.
Sorteos de Lotería Nacional.
Campañas de captación de socios.
En estos casos, se especificará en el contrato la obra o servicio objeto del mismo, así como su duración prevista, que es de carácter orientativo, y la actividad o función que vaya a desempeñar.
La duración máxima será de 4 años mientras que así lo establezca el Convenio de Estatal de Acción e Intervención Social.
Contrato eventual por circunstancias de la producción Esta modalidad de contrato se utilizará para satisfacer exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos aun tratándose de la actividad normal de la empresa, acreditando fehacientemente su carácter eventual.

CVE: 20200124-09415-2019 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 16

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 25/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date25/01/2020

Page count52

Edition count5546

First edition15/01/2001

Last issue01/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031