Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Jueves, 5 de diciembre de 2019

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de cuantas actividades y operaciones sean necesarias para llevar a cabo lo indicado en los puntos anteriores que sean procedentes o consecuencia de lo anterior.
La realización de cuantas actividades y operaciones sean necesarias para llevar a cabo lo indicado en los puntos anteriores que san procedentes o consecuencia de lo anterior, tal y como venía ocurriendo hasta ahora causaba graves problemas de aplicación del convenio colectivo de Jardinería y Limpieza de Edificios; y es el resultado del acuerdo alcanzado en la mesa negociadora del convenio, compuesta por doña Tamara Cabero en representación de la empresa y por doña Ana González López en representación de los trabajadores, en su calidad de miembros del comité de empresa de la misma, en Marbella con fecha 16 de enero de 2019.
CAPÍTULO I

Régimen general Artículo 1. Ámbito funcional Este convenio colectivo regula las relaciones de trabajo de los trabajadores que presten servicios para la empresa Jardinería y Mantenimiento Costa del Sol, Sociedad Limitada, en los centros de trabajo en la provincia de Málaga que tiene como actividad:
El mantenimientos de fincas, comunidades urbanizaciones, polígonos industriales y todo tipo de inmuebles.
Actividades de reparación y conservación de inmuebles, trabajos de construcción y actividades de socorrismo acuático.
La realización de cuantas actividades y operaciones sean necesarias para llevar a cabo lo indicado en los puntos anteriores que sean procedentes o consecuencia de lo anterior.
Artículo 2. Ámbito personal Los preceptos contenidos en este convenio afectan a todos los trabajadores por cuenta ajena que en cada momento dependan de la citada empresa desarrollando funciones dentro del ámbito funcional citado en el artículo anterior, con independencia de la categoría profesional que tenga reconocida.
Todo el personal que sea contratado por la empresa de forma temporal o para reemplazar a los trabajadores de la misma, en caso de enfermedad, vacaciones, o cualquier otra circunstancia, tendrá los derechos que se deriven de este convenio, sin que pueda existir diferencia salarial ni disfrute de derechos entre los trabajadores fijos y los temporales, ni entre el sustituido y el sustituto salvo los que se deriven de las condiciones personales del trabajador sustituido.
Artículo 3. Ámbito territorial El presente convenio colectivo será de aplicación al centro de trabajo existente en la provincia de Málaga.
Artículo 4. Vigencia El presente convenio colectivo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, retrotrayéndose sus efectos económicos al día 1
de octubre de 2018, tanto para los trabajadores que en la fecha de su publicación esté en vigor su contrato de trabajo, como para aquellos que en dicha fecha estuvieren contratados y en el momento de publicarse este convenio hubiesen cesado en su relación laboral con la empresa.
Artículo 5. Duración La duración del presente convenio colectivo se establece en tres años, desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2021.

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Número 233

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date08/12/2019

Page count52

Edition count5536

First edition15/01/2001

Last issue28/04/2024

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