Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 29/7/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 144
Lunes, 29 de julio de 2019
Página 3
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Sala de lo Social. Málaga Negociado: RM.
Recurso: Recursos de suplicación 135/2019.
Juzgado origen: Juzgado de lo Social número seis de Málaga.
Procedimiento origen: Procedimiento ordinario 166/2018.
Recurrente: Don Bruno Antonio Beriol.
Recurridos: Construcciones y Promociones Caramorro, Sociedad Limitada y Fogasa.
Representante: Letrado de Fogasa - Málaga.
Doña María del Carmen Ortega Ugena, Letrada de la Administración de Justicia de Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Certifica: En el recurso de suplicación 135/2019, se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:
Fallamos: Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por don Bruno Antonio Beriol frente a la sentencia dictada, en fecha 23 de octubre de 2018, por el Juzgado de lo Social número seis de Málaga, en sus autos 166/2018, promovidos por la indicada recurrente frente a la entidad Construcciones y Promociones Caramorro, Sociedad Limitada, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.
Notifíquese esta sentencia a las partes y al excelentísimo señor Fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, frente a esta sentencia, cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma.
Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juzgado de lo Social de referencia, con certificación de esta resolución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación o testimonio de la posterior resolución que recaiga.
Únase el original de esta sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta sala.
Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
Y para que conste y sirva de notificación a la demandada Construcciones y Promociones Caramorro, Sociedad Limitada, cuyo actual paradero es desconocido, expido la presente para su publicación el BOP, advirtiendo a dicha parte que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente o cuando se trate de emplazamiento.
Dado en Málaga, a 28 de junio de 2019.
La Letrada de la Administración de Justicia de la Sala, María del Carmen Ortega Ugena.
4860/2019
D
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Ed icto