Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 26/7/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 143
Viernes, 26 de julio de 2019
Página 3
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE 1. INSTANCIA
NÚM. 5 DE TORREMOLINOS
Procedimiento: Procedimiento ordinario 1325/2017.
Negociado: 57.
Sobre obligaciones: Otras cuestiones.
De Caixabank, Sociedad Anónima.
Procuradora: Doña Belén Ojeda Maubert.
Letrado: Don Javier Herrera Llamas.
Contra don Amir Valiollah Kohan.
En los autos de referencia, se ha dictado la resolución que copiada literalmente es como sigue:
Sentencia número 313/2018. En Torremolinos, a 15 de noviembre de 2018.
Vistos por mí, doña Marta Alonso Azuaga, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Torremolinos, los autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado con el número 1.325 del año 2017, a instancia de la entidad Caixabank, Sociedad Anónima, representada por la procuradora de los tribunales doña Belén Ojeda Maubert y defendida por el letrado don Javier Herrera Llamas, contra don Amir Valiollah Kohan.
Fallo: Estimo la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Belén Ojeda Maubert, en nombre y representación de la entidad Caixabank, Sociedad Anónima, contra don Amir Valiollah Kohan, y A cu erd o 1. Declarar el vencimiento anticipado por la pérdida del beneficio del plazo del contrato de préstamo y constitución de hipoteca suscrito por las partes litigantes en escritura autorizada por el notario señor don Ángel Aguilar Navarro-Reverter, en fecha en fecha 23 de abril de 2009, con el número 841 de su protocolo.
2. Condenar a don Amir Valiollah Kohan al pago a la entidad actora de la suma de 183.113,99 euros, más los intereses legales correspondientes, que se computan desde la fecha de interposición de la demanda incrementados en dos puntos desde el dictado de esta resolución, hasta la fecha de su completo pago.
3. Acordar, a los efectos de realización del derecho de hipoteca referido en el escrito de demanda, la venta en pública subasta del inmueble hipotecado, lo que se verificará en ejecución de sentencia, de acuerdo con las reglas que resultan del capítulo IV del título IV, libro IIII de la LEC artículos 681 y siguientes.
4. Imponer a la parte demandada la obligación de abonar todas las costas causadas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga artículo 455 LEC. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna artículo 458
LEC.
CVE: 20190726-04653-2019 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Cédula de notificación