Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 21/6/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 118
Viernes, 21 de junio de 2019
Página 32
ADMINISTRACIÓN LOCAL
A NT E QUE RA
Urbanismo, Infraestructura, Viviendas y Sperac, Sociedad Anónima A n u n cio Expediente: 2018-REVI000001.
1.ºIniciar el procedimiento de revisión de oficio del procedimiento de ejecución subsidiaria de la demolición de inmueble declarado en ruina inminente de calle Higueruelos, número 22, de Antequera, por considerar que incurre en causa de nulidad del artículo 47.1e de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, que señala que Los actos dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.
2.ºNotificar el presente acuerdo a los interesados, dándoles traslado del contenido del expediente de ejecución subsidiaria de la demolición de inmueble declarado en ruina inminente de calle Higueruelos, número 22, de Antequera para que, en el plazo de quince días hábiles, puedan presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
3.ºProceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga a fin de que todo aquel que se considere interesado en el procedimiento pueda presentar cuantas alegaciones u observaciones estime oportunas a su derecho.
4.ºOrdenar que, una vez finalizado el trámite de audiencia a los interesados, los servicios técnicos y jurídicos municipales informen las alegaciones que, en su caso, se hubieran presentado.
5.ºDar traslado del expediente, una vez instruido, al Consejo Consultivo de Andalucía al objeto de que emita el fictamen a que se refiere el artículo 106.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, remitiendo con la solicitud el contenido determinado en el artículo 64 del Decreto 273/2005, de 13 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo Consultivo de Andalucía, que establece:
1.A la solicitud de dictamen se unirán dos copias autorizadas del expediente administrativo tramitado en su integridad, con los antecedentes, motivaciones e informes previos que exija la normativa que los regule, incluyendo, cuando así resulte preceptivo, el de fiscalización emitido por la Intervención. El expediente remitido culminará con la propuesta de resolución, anteproyecto de ley, proyecto de disposición reglamentaria o documento equivalente que en cada caso se someta a dictamen.
2.Todos los documentos han de ser numerados por el orden cronológico de su tramitación y figurarán debidamente paginados. Asimismo, el expediente remitido estará precedido de un índice para su ordenación y adecuado manejo.
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Visto que por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de abril de 2018 y en referencia al procedimiento de revisión de oficio del procedimiento de ejecución subsidiaria de la demolición de inmueble declarado en ruina inminente de calle Higueruelos, número 22, de Antequera, propiedad de don Diego Mendoza Martínez, se acordó lo siguiente: