Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 11/6/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 110
Martes, 11 de junio de 2019
Página 3
ADMINISTRACIÓN LOCAL
B ENAOJÁN
A n u n cio Habiendo transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo provisional de aprobación de modificación de la Ordenanza Fiscal por Ocupación de la Vía Pública con Puestos Ambulantes, aprobada por el Pleno de la Corporación con fecha 31 de enero de 2019 y no habiéndose formulando reclamación alguna, quedan elevados a definitivos, y ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTACULOS, ATRACCIONES O RECREO SITUADOS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO
LOCAL, ASI COMO INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRAFICO
Añadir apartado 4.º al artículo 6 de la citada ordenanza con el siguiente tenor:
Artículo 6.
4.º Puestos de hasta 8 metros lineales que se paguen por trimestre adelantados: 60 euros al trimestre.
Los metros que sobrepasen los 8 m.l. se pagarán a la tarifa establecida en el apartado 1.º de este artículo.
La modificación de la presente modificación tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2019.
Contra el acuerdo definitivo los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, en el plazo de dos meses contados a partir de la siguiente al de la publicación del presente edicto que contiene el texto integro de la modificación.
Benaoján, 8 de mayo de 2019.
La Alcaldesa, Isabel Soraya García Mesa.
3498/2019
D
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Ordenanza número 15