Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 19/9/2021 (Suplemento 1)

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 17 de septiembre de 2021

Página 26

Sexto. Otros a Premios Se establecen cinco 5 premios, uno por cada tipo/categorías, con la siguiente denominación:
a Premio Sabor a Málaga al mejor vino blanco con denominación de origen Sierras de Málaga, dotado con 5.000,00 euros.
b Premio Sabor a Málaga al mejor vino blanco dulce tranquilo con denominación de origen Málaga dotado con 5.000,00 euros.
c Premio Sabor a Málaga al mejor vino tinto con denominación de origen Sierras de Málaga con un periodo de envejecimiento en barrica de madera de roble de hasta seis meses dotado con 5.000,00 euros.
d Premio Sabor a Málaga al mejor vino tinto con denominación de origen Sierras de Málaga con un periodo de envejecimiento en barrica de madera de roble de más de seis meses dotado con 5.000,00 euros.
e Premio Sabor a Málaga al mejor vino de licor con denominación de origen Málaga dotado con 5.000,00 euros.
El premio consistirá en la adquisición por parte de los organizadores del premio, para acciones promocionales, de los vinos ganadores por la cuantía indicada. Dicha cuantía será el importe máximo de la adquisición debido al diferente coste de cada vino.
Si según lo indicado en la cláusula 6.6 de las bases reguladoras, hubiera algún premio concedido ex aequo, la cuantía máxima será la resultante de dividir el importe por modalidad anteriormente citado por el número de vinos premiados en dicha modalidad.
Se podrá recibir un único premio por participante independientemente de la categoría o modalidad.
b Documentación Las entidades participantes deberán remitir las solicitudes anexo I, junto con la documentación adjunta, a la Delegación de Desarrollo Económico Sostenible, según lo indicado en la base 4.3 de las bases reguladoras. Se aportará una solicitud anexo I por cada vino que se presente a concurso, entregándose los anexos II, III y IV junto a una sola de ellas si presentara más de un vino a concurso. Una vez presentada la solicitud y demás documentación, si presentara defectos o resultara incompleta, se requerirá mediante anuncio publicado en el tablón de edictos de la Corporación, así como en la página web www.malaga.es y la sede electrónica de la Diputación Provincial de Málaga, para que en el plazo de diez días hábiles iniciados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del citado anuncio se subsanen dichos defectos, con la indicación de que si así no lo hiciere se le tendrá por desistida su petición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente:
1.Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones anexo II.
2. Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones con la Diputación Provincial de Málaga anexo III.
3. Declaración responsable sobre las autorizaciones, permisos y licencias preceptivas para poder desarrollar la actividad, así como los pertinentes registros sanitarios exigibles y de no haber sido sancionada en materia agroalimentaria por las administraciones públicas ni condenada por sentencia firme por discriminación por razón de sexo y mientras sea efectiva dicha sentencia anexo IV.
4. Copia del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos RGSEAA.
5. Copia del Registro de Industria Agroalimentaria de Andalucía RIA.

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Número 178

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 19/9/2021 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date19/09/2021

Page count37

Edition count4112

First edition20/02/2001

Last issue12/05/2024

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