Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 1/11/2019 (Suplemento 1)

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 31 de octubre de 2019

4. Preparar e impulsar la adquisición de materiales, maquinarias, productos o mercancias para las actividades del consorcio, fijando los precios, condiciones y forma de pago, respetando la normativa sobre contratación, con los límites y en las circunstancias que se fijen en el presupuesto y en las delegaciones específicas que le puedan hacer los órganos de gobierno.
5. Representar administrativamente al consorcio ante organismos públicos y privados a los efectos de dar curso a la tramitación administrativa ordinaria, incluyendo la comparecencia a actos de conciliación y a personación ante la jurisdicción social, dando cuenta inmediata de todo ello al Presidente.
6. Preparación de la memoria anual que deberá presentar al Presidente.
7. Elaborar el anteproyecto de Reglamento de Régimen Interior del Servicio, así como todos aquellos que sean necesarios para el buen funcionamiento del consorcio.
8. Elaborar el anteproyecto anual del presupuesto para entregarlo a la Presidencia.
9.Coordinar el desarrollo de las actividades del consorcio de acuerdo a las directrices emanadas de los órganos competentes del mismo.
10.Contratar la adjudicación de suministros de material no inventariable hasta la cuantía que, como límite máximo, se establezca en las bases de ejecución del Presupuesto.
11.Proponer aquellos gastos y pagos que excedan sus atribuciones.
12.Firmar como clavero en las cuentas del consorcio de no existir funcionario de Administración Local con habilitación nacional que asuma las funciones de Tesorero.
13.Velar especialmente por el cumplimiento en plazo de los derechos del consorcio, adoptando las medidas a su alcance para su exigencia y, en su caso, proponiendo a la Presidencia la adopción de aquellas otras medidas que puedan rebasar sus atribuciones.
14.Las demás funciones de gestión ordinaria que el Presidente le confiera.
Segunda. Requisitos de los aspirantes Podrán participar en la presente convocatoria quienes reúnan los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Tener nacionalidad española o de otros Estados Miembros de la Unión Europea, o de aquellos países con los que la UE mantiene acuerdos o tratados en los términos del RD
240/2007.
Los nacionales extracomunitarios deberán acreditar la aplicación del régimen especial del RD 240/2007 por poseer tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o residencia legal en España en los demás supuestos.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Ser empleado público, grupo A1 de las administraciones públicas o profesional del sector privado, con experiencia como Gerente, Consejero Delegado, Administrador o alto directivo. En ambos casos, se deberá poseer titulación universitaria superior o grado universitario.

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Número 209

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 1/11/2019 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date01/11/2019

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First edition20/02/2001

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