Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 18/5/2019 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 93

Viernes, 17 de mayo de 2019

Página 103

7. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes, junto a la documentación preceptiva, deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas, sito en calle Constitución, número 16, o a través de cualesquiera de las formas de presentación previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Una vez aprobada la convocatoria, se presentarán a lo largo del año 2019, según disponibilidad presupuestaria. La presentación de la solicitud implicará la aceptación del contenido de estas bases.

9. VALORACIÓN
La valoración de las solicitudes y la propuesta de concesión se efectuarán por una Comisión de Valoración compuesta por un técnico competente siempre que sea posible el trabajador social del Ayuntamiento y el/la concejal/la delegado/a de servicios sociales y/o de participación ciudadana, que emitirá un informe propuesta de concesión y elevará la propuesta al Alcalde.
El Alcalde aprobará o denegará la ayuda por decreto y dará cuenta de todas y cada una de las ayudas solicitadas ya han sido aprobadas o denegadas en la siguiente sesión de la Junta de Gobierno Local.
10. RÉGIMEN SUPLETORIO
En lo no previsto en el presente reglamento, será de aplicación la Ley 38/2.003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo y las Leyes Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En Villanueva de Algaidas, a 12 de abril de 2019.
El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Cívico Llamas.

3510/2019

D

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8. SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS DE LAS SOLICITUDES
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el técnico responsable del área municipal competente examinará la documentación presentada y, en su caso, requerirá a los interesados para que en un plazo de diez días hábiles subsanen los defectos u omisiones advertidos, con indicación de que si no lo hicieren se les tendrá por desistido de su solicitud, previo acuerdo al respecto.

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 18/5/2019 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date18/05/2019

Page count55

Edition count4110

First edition20/02/2001

Last issue05/05/2024

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