Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 24/1/2019 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Jueves, 24 de enero de 2019

Página 39

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Sala de lo Social. Málaga Negociado: RM.
Recurso: Recursos de suplicación 1610/2018.
Juzgado origen: Juzgado de lo Social número once de Málaga.
Procedimiento origen: Despidos/ceses en general 1083/2016.
Recurrente: Martín de Vries.
Representante: José Alberto González Hidalgo.
Recurridos: Fogasa, Food and Wine European Business, Sociedad Limitada; C. O Pueblo El Goleto y Manilva Sun, Sociedad Limitada.
Representantes: Ernesto Julio Martínez Gómez y Rafael Quijada Rodríguez letrado de Fogasa Málaga.
Ed icto Doña María del Carmen Ortega Ugena, Letrada de la Administración de Justicia de Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Certifica: En el recursos de suplicación 1610/2018 se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:
Fallamos: Que, desestimando el recurso de suplicación formulado por Food and Wine European Business, Sociedad Limitada, frente a la sentencia del Juzgado de lo Social número once de Málaga, de fecha 25 de mayo de 2018, en sus autos número 1083/2016, promovidos por don Martín de Vries frente a la entidad recurrente indicada, la mercantil Manilva Sun, Sociedad Limitada y la comunidad de propietarios Pueblo El Goleto, debemos confirmar y confirmamos la sentencia dictada.
Se condena a la entidad recurrente a la pérdida del depósito constituido y de la cantidad consignada para recurrir, a las que se dará el destino legal, así como al pago de las costas procesales causadas en el presente recurso de suplicación, incluidos los honorarios profesionales del letrado o graduado social de la parte impugnante, los cuales no podrán superar, en todo caso, la cantidad de 1.200 euros, y ello una vez adquiera firmeza la presente resolución judicial.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante la sala cuarta del Tribunal Supremo, el que deberá prepararse en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de este fallo.
Indíquese a la parte demandada que en caso de recurrir habrá de consignar la suma de 600
euros, y la cantidad objeto de la condena, si no estuviera consignada con anterioridad. También podrá constituir aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, con entidad de crédito respecto de aquella condena. Tal consignación podrá efectuarse:
1. En caso de ingresos en efectivo, en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sala de lo Social, cuenta número 2928-0000-66-número de procedimiento 0000/00;
2. y para el caso de ingresos por transferencia habrá de tener lugar en la cuenta abierta por esta sala en Banco Santander con el número ES55 0049 3569 9200 0500 1274 en el caso de ingresos por transferencia en formato electrónico, o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 para ingresos por transferencia en formato papel. Para este último caso de ingreso por transferencia
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Número 16

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 24/1/2019 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date24/01/2019

Page count48

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First edition20/02/2001

Last issue05/05/2024

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