Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 12/4/2002 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Página 38

BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA 12 de abril de 2002

ADMINISTRACION MUNICIPAL


MALAGA
Reglamento de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales en el campo de la cooperación y ayuda al desarrollo concargo al 0,7% de los ingresos del presupuesto municpal
VELEZMALAGA
Contratación
Exposición de motivos
An u n c i o RESOLUCION del Excelentísimo Ayuntamiento de Vélez-Málaga por la que se anuncia el siguiente expediente de contratación.
1. Entidad adjudicadora:
Excelentísimo Ayuntamiento de Vélez-Málaga.
Departamento de Contratación Administrativa.
Expediente: CS.01.2002.
2. Objeto del contrato:
Realización de los servicios técnicos de iluminación de las actividades de la Delegación de Ferias y Fiestas del Excelentísimo Ayuntamiento de Vélez-Málaga 2002/03.
División por lotes y número: -.
Lugar de ejecución: Vélez-Málaga.
Plazo de ejecución: Un año prorrogable por otro más.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
Tramitación: Urgente.
Procedimiento: Abierto.
Forma de adjudicación: Concurso.
4. Presupuesto base de licitación.
Euros IVAincluido: 216.717,27 euros primera anualidad.
5. Garantía provisional:
Euros IVAincluido: 4.334,35 euros.
6. Obtención de documentación e información.
Información: Departamento de Contratación Administrativa.
Excelentísimo Ayuntamiento de Vélez-Málaga. Plaza de las Carmelitas s/n.
Vélez-Málaga. Teléfono 952 55 91 69.
Documentación: Imprenta Cervantes, calle Luis de Rute, 3. VélezMálaga. Teléfono 952 50 17 94.
7. Requisitos específicos del contratista.
Clasificación:
Obras: Grupo I, subgrupos 1, 6, 9 categoría c.
Servicios: Grupo II, subgrupo 2, categoría a, y grupo III, subgrupo 7, categoría a.
Otros requisitos: Determinados en el pliego de condiciones.
Plazo para mantener la oferta: 3 meses a contar desde la apertura de proposiciones.
Admisión de variantes: No se admiten.
8. Presentación de proposiciones:
Plazo de presentación: 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP de Málaga.
Documentación a presentar: La señalada en el pliego de condiciones.
Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Vélez-Málaga.
9. Apertura de ofertas.
Lugar: Excelentísimo Ayuntamiento de Vélez-Málaga.
Día: El día determinado en el pliego de condiciones.
10. Otras informaciones:
Determinadas en el pliego de condiciones.
11. Gastos de anuncios.
Serán de cuenta del contratista adjudicatario.
En Vélez-Málaga, a 2 de abril de 2002.
El Alcalde, firmado: Antonio Souvirón Rodríguez.
3 7 8 7 /0 2
D

Número 69

Desde sus comienzos, la colaboración entre el Ay u n t a m i e n t o de Málaga y las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo ONGD en materia de Cooperación Internacional obedece al reconocimiento general del papel que estas desempeñan y a la demanda del movimiento de solidaridad del 0,7% con cargo al presupuesto municipal. Asimismo, las ONGD canalizan los valores solidarios de la sociedad malagueña y propician la participación activa, con el objetivo de obtener una más efectiva y eficaz cooperación internacional.
El ir caminando hacia la consecución del 0,7% es un compromiso de la ciudadanía malagueña expresada a través de sus representantes Municipales, para dar cumplimiento al llamamiento de las Naciones Unidas de destinar como mínimo un 0,7% de los ingresos de los países ricos a favor de un desarrollo más equitativo.
Esta convicción de la necesidad de emprender acciones solidarias con otros pueblos, se ha plasmado en la convocatoria anual de un programa de subvenciones municipales desde el año 1996 que sin embargo es necesario actualizar para adaptarse mejor a la gran demanda ciudadana, a la complejidad de la propia convocatoria y a las peticiones que directamente han dirigido a este Ayuntamiento las ONGD a través del Consejo Municipal de Cooperación y Ayuda al Desarrollo.
Para la concesión de estas subvenciones se aprueba la presente convocatoria pública de subvenciones que se ajustará a la siguiente normativa en sustitución de la anterior que rige desde su aprobación por el Ayuntamiento Pleno en sesión plenaria celebrada el día 26 de septiembre de 1996
Artículo 1. Objeto.
1. El presente Reglamento establece las bases reguladoras de las subvenciones a los proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo, Cooperación Internacional Humanitaria y Educación para el Desarrollo y Sensibilización que sean presentadas por las ONGD, sujetándose las mismas a la normativa municipal y la legislación complementaria aplicable.
2. A los efectos previstos en el presente Reglamento, sólo podrán ser objeto de subvención los proyectos siguientes:
a Proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo.
b Proyectos de Cooperación Internacional Humanitaria orientada a la reconstrucción, rehabilitación y preparación para el desarrollo.
c Proyectos de Educación para el Desarrollo y Sensibilización a realizar en el municipio de Málaga.
3. La financiación de las subvenciones reguladas en el presente edicto se efectuará con cargo al Presupuesto Municipal de Málaga.
Artículo 2. Requisitos de las ONGD.
Para poder concurrir las ONGD deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de este Excmo. Ayuntamiento con una antigedad no inferior a un año en el momento de presentar la solicitud.
2. Tener como fines institucionales específicos la realización de actividades de Cooperación Internacional al Desarrollo o, en general, el fomento de la solidaridad entre los pueblos con el fin de mejorar las condiciones de vida de su población.
3. Carecer de fines de lucro.
4. Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga.

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 12/4/2002 (Suplemento 1)

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CountrySpain

Date12/04/2002

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