Boletin Judicial de Costa Rica del 10/7/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 4 BOLETÍN JUDICIAL Nº 124

Lunes 10 de julio del 2023

por parte de la Dirección Jurídica y aprobación de la Dirección Ejecutiva, con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 86 del Reglamento a la Ley en el que se establece que la decisión inicial se adoptará una vez que se hayan acreditado los aspectos señalados en ese artículo, tales como, la justificación de la procedencia de la contratación, la descripción del objeto, las especificaciones técnicas y características de los bienes, obras o servicios que se requieran, cronograma con las tareas y las unidades responsables de su ejecución con las fechas de inicio y finalización, estimación actualizada del costo del objeto, la designación del administrador del contrato, los terceros interesados y/o afectados, así como las medidas de abordaje de estos sujetos cuando el proyecto lo amerite y los riesgos identificados, entre otros.
A continuación, y para mejor comprensión se detalla la siguiente tabla con la propuesta:

En atención al anterior informe, se recomienda a la Dirección Ejecutiva que solicite al Consejo Superior lo siguiente:
2. Aprobación de la propuesta realizada para la reorganización de competencias para suscribir y aprobar la decisión inicial de los procedimientos licitatorios.
Por tanto, En virtud de todo lo expuesto y conforme a la recomendación contenida en oficio N 1415-DP/61-2023
de 15 de mayo de 2023, suscrito por la licenciada Adriana
Esquivel Sanabria, Jefa del Departamento de Proveeduría, el máster Rodrigo A. Campos Hidalgo, Director Jurídico y el licenciado Wilbert Kidd Alvarado, Subdirector Ejecutiva, por unanimidad, se acordó: Acoger en todos sus extremos el informe supra, y por ende, aprobar la propuesta para la reorganización de competencias para suscribir y aprobar la decisión inicial de las licitaciones de los procedimientos de contratación, según lo señalado. Lo anterior, con relación a la entrada en vigor de la Ley General de Contratación Pública N 9986 y conforme a lo siguiente:
Con relación a la entrada en vigor de la Ley General de Contratación Pública N 9986, nos permitimos presentar una propuesta para la reorganización de competencias para suscribir y aprobar la decisión inicial de las licitaciones de los procedimientos de contratación, esto con el propósito de que sea valorada y de que, si así lo estima esa Dirección, sea del conocimiento del Consejo Superior. Cabe señalar que esta propuesta fue analizada en forma conjunta con las Jefaturas del Proceso de Adquisiciones y Proveeduría Judicial, así como con la Jefatura de la Asesoría Jurídica, quienes han autorizado el planteamiento expuesto más adelante.
De previo a presentar esta propuesta, es importante traer a colación que mediante acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión N 98-2022 celebrada el 11 de noviembre de 2022, artículo I, se estableció la delegación de la suscripción y aprobación de las decisiones iniciales, siendo que para aquellas que fueran suscritas por el jefe de la unidad solicitante, por la trascendencia y responsabilidad de la información contenida en el documento es que el concepto que se estableció para esa figura fue el siguiente: Jerarca del departamento o dirección de acuerdo con el organigrama de la oficina correspondiente. Es decir, la persona responsable que ejerce el mando o dirección en dicha oficina.
Considerando que las delegaciones fueron realizadas previo a la entrada en vigor de la nueva normativa, y que una vez que se puso en marcha lo autorizado, es que se logra observar por parte de las oficinas solicitantes que la forma en que estas se establecieron no resultan funcionales, debido a que el hecho de haber delegado la suscripción de la decisión inicial a los Jerarcas del departamento o dirección únicamente, los ha limitado y ha generado que, oficinas judiciales como el Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones, así como el Organismo de Investigación Judicial, manifiesten que se les han presentado atrasos en el envío de los requerimientos a la Proveeduría Judicial, debido a que las jefaturas de departamento y directores no siempre se encuentran disponibles, ya que estos deben atender los temas de nivel gerencial que los ocupan, por la cantidad de oficinas que tienen a cargo, lo cual además, también les está ocasionando atrasos en la ejecución presupuestaria.
Dado lo anterior y una vez analizada la situación que se expone, es que resulta prudente reorganizar las competencias para suscribir las decisiones iniciales de las licitaciones reducidas con el propósito de dar mayor agilidad a la etapa previa, resguardando y delegando siempre la responsabilidad de quien aprueba la información contenida en dicho documento a una jefatura, por lo que a continuación, se desarrolla una propuesta en la que se amplía la delegación de la firma y aprobación de dicha decisión inicial para licitaciones reducidas a los Subdirectores, jefaturas de Proceso, Subproceso o Sección de las diferentes oficinas judiciales que tramitan compras públicas, modificando el

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Boletin Judicial de Costa Rica del 10/7/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date10/07/2023

Page count12

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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