Boletin Judicial de Costa Rica del 7/7/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 26 BOLETÍN JUDICIAL Nº 123

Viernes 7 de julio del 2023

de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. 1 Con la base de cincuenta y nueve millones setecientos catorce mil setecientos cincuenta y dos colones con ochenta y ocho céntimos, pero soportando servidumbre trasladada citas: 358-00441-01-0900-001, hipoteca de primer grado citas: 511-05781-01-0004-001, hipoteca de segundo grado citas: 2011-252388-01-0001-001;
sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea la siguiente finca: Partido de San José, matrícula número 337178-000. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince primer remate. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de cuarenta y cuatro millones setecientos ochenta y seis mil sesenta y cuatro colones con sesenta y seis céntimos rebajada en un 25%. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de octubre del año dos mil quince, con la base de catorce millones novecientos veintiocho mil seiscientos ochenta y ocho colones con veintidós céntimos un 25% de la base original. 2 Con la base de siete millones doscientos ochenta y cinco mil doscientos cuarenta y siete colones con doce céntimos, pero soportando servidumbre trasladada citas: 352-03205-01-0900-001, hipoteca de primer grado citas: 511-05781-01-0004-001, hipoteca de segundo grado citas: 2011-252388-01-0001-001; sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea la siguiente finca: Partido de San José, matrícula N 329435-000. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince primer remate. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de octubre del año dos mil quince, con la base de cinco millones cuatrocientos sesenta y tres mil novecientos treinta y cinco colones con treinta y cuatro céntimos rebajada en un 25%. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil quince, con la base de un millón ochocientos veintiún mil trescientos once colones con setenta y ocho céntimos un 25% de la base original Publíquese el edicto de ley. El edicto ordenado será remitido por parte de este juzgado al correo electrónico oficial de la imprenta nacional. Tome nota la parte interesada que para que proceda según corresponda. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al los demandados. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción dellalas fincas dadas en garantía. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Se le hace saber a las partes que este proceso se conduce con base en la Ley de Cobro Judicial, razón por la cual en lo sucesivo deberán ajustarse a dicho cuerpo normativo. Notifíquese esta resolución al los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación, en el domicilio real de éste, o bien en el domicilio social o real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la parte demandada, se autoriza a la notaria pública Fressie Inés Picado Lefrank. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al los licenciados Juan Ignacio Mata Quesada por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo, artículo 118
del Código Procesal Civil. Previo a notificar a los anotantes según citas 800-172568-01-0001-001 y 800-222911-01-

0001-001, sírvase el actor, mediante documento idóneo acreditar la identidad de los mismos así como dirección donde notificarles, además deberá aportar certificación por parte del juzgado en el que indique el estado procesal del expediente.
Se le hace saber a la parte actora que la comisiones que entregue al despacho para ser tramitadas por correo interno, deben venir completas, con su debida carátula, resolución intimatoria y las copias de ley, bajo apercibimiento de no poder ser tramitadas. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Alejandro Castellanos Ojeda, Importadora y Distribuidora Centroamericana ALCA S.A., expediente N
15-007547-1012-CJ. Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 02
de febrero del 2023. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.
Edicto nuevo señalamiento: en este Despacho, 1 Libre de gravámenes hipotecarios 1 soportando servidumbre trasladada, citas: 358-00441-01-0900-001, a las diez horas cero minutos del nueve de agosto del dos mil veintitrés, y con la base de ciento trece mil setecientos veintiocho dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula N 337178-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 03-San Rafael, cantón: 02-Escazú de la provincia de San José. Colinda: al noreste: calle pública con 20.00 metros de frente; al noroeste: El Valle Yarumi S. A., lote once-C; al sureste:
Alfredo Castellanos Ojeda; y al suroeste: Alfredo Castellanos Ojeda. Mide: quinientos veintinueve metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de ochenta y cinco mil doscientos noventa y seis dólares con treinta y nueve centavos rebajada en un veinticinco por ciento y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de veintiocho mil cuatrocientos treinta y dos dólares con trece centavos un veinticinco por ciento de la base inicial. 2 Ahora bien soportando servidumbre trasladada citas: 352-03205-010900-001, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas cero minutos del nueve de agosto del dos mil veintitrés y con la base de cuarenta y cuatro mil doscientos setenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos ,en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula N 329435-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 03-San Rafael, cantón:
02-Escazú de la provincia de San José. Colinda: al noreste:
calle pública con 8.00 metros de frente y Alfredo Castellanos Ojeda, noroeste: El Valle Yurumi S.A., lote once-C y Alfredo Castellanos Ojeda, sureste: El Valle Yurumi S. A., lote 9-C, suroeste: El Valle Yurumi S. A. Mide: setecientos noventa metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de treinta y tres mil doscientos tres dólares con sesenta y un centavos rebajada en un veinticinco por ciento y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de once mil sesenta y siete dólares con ochenta y siete centavos un veinticinco por ciento de la base inicial. Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Alejandro Castellanos Ojeda, Importadora y Distribuidora Centroamericana ALCA S.A. Expediente N
15-007547-1012-CJ.Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 24 de marzo del 2023.Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.1 vez. IN2023791851 .

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Boletin Judicial de Costa Rica del 7/7/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date07/07/2023

Page count28

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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