Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 25/2/2020

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

Martes 25 de febrero del 2020

BOLETÍN JUDICIAL No. 35

contados a partir del día siguiente a que sea notificado, no se presente a recoger dicho valor causará abandono, y se procederá en términos de los numerales 51 y 55
del Código Penal vigente al momento de los hechos; lo anterior con fundamento en los artículos 25 fracción II de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Edicto que por ser su competencia se encuentra debidamente firmado por el suscrito, publicación que agradeceré se sirva realizar en el Boletín Judicial por única ocasión, siendo su publicación dentro de los 3 tres días siguientes, a en que sea recibido;
lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 82 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Penales. Finalmente se hace de su conocimiento que la Unidad en comento se encuentra ubicada en Calle James E. Sullivan 133, piso 6, Colonia San Rafael, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06470, teléfono 57036137.
EL JUEZ ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE SANCIONES
PENALES EN LA CIUDAD DE MÉXICO DE CONFORMIDAD
CON EL ACUERDO 05-22/2019 EMITIDOS POR EL
CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
LIC. MILTON MAURICIO MORELOS CEDILLO OLALDE.
25 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/SUL/11596/2019
Of. EJEC-2729/2020

Edictos
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/SUL/381/2018
EDICTO No. 396
NOTIFICACIÓN
Sentenciado: ANDRÉS JORDÁN LÓPEZ ROCHA
Delito: ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN
AUTO.- En la Ciudad de México, 18 de febrero de 2020. Vista la intervención que se brinda, digitalícese y agréguese a la presente carpeta de ejecución el escrito de cuenta. En cuanto a su contenido, la Agente del Ministerio Público, promueve controversia, en términos de los artículos 23 fracciones I y II, 24, 25, 116 fracción IV, 118, 120, 126, fracción II de la Ley Nacional de Ejecución Penal, 91 del Código Penal vigente, dado el incumplimiento a las obligaciones contraídas por el sentenciado ANDRÉS JORDÁN LÓPEZ ROCHA, al acogerse al beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, ofertando medios de prueba para substanciar ello, los cuales se le tienen por enunciados. De tal manera, con fundamento en el artículo 123, fracción I, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, SE ADMITE LA CONTROVERSIA, a que alude el numeral 116 fracción IV del ordenamiento antes señalado, promovida por la Representación Social y se inicia el trámite del procedimiento, tal y como lo establece el artículo 124 de ley mencionada con antelación, por lo que se ordena notificar al sentenciado y a su Defensa, a quienes deberá entregarse copia de la solicitud hecha por la Representación Social, para que dentro del plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a su notificación, contesten dicha acción y ofrezcan los medios de prueba que estimen pertinentes, para el caso de que ofrezcan testigos, deberán indicar el nombre, domicilio y lugar donde podrán ser citados, así como el objeto sobre el cual versará su testimonio; en el entendido que fenecido el plazo concedido a dichas partes con o sin el desahogo de la misma, se fijará fecha para la celebración de la audiencia, a que alude el último numeral mencionado. Por otra parte, atendiendo a la naturaleza de la petición del Agente del Ministerio Público, no resulta pertinente ordenar la suspensión de acto alguno y de igual forma no se advierte necesidad de ordenar oficiosamente el desahogo de probanza alguna, por último no resulta pertinente requerir a la Autoridad Penitenciaria el informe que precisa el artículo 124 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, puesto que dicha información fue recibida por esta autoridad, en fecha 13 de noviembre de 2019, a través del oficio DECSSL/JUDSPSC/9054/2019, signado por el Subdirector de Control y Seguimiento a Externados, Monitoreo Electrónico y Presentación Personal, Licenciado J. Noé Gaspar Valle. Por otra parte tomando en consideración que el justiciable citado, exhibió la póliza de fianza números 1870470 por las cantidad de $20,000.00
veinte mil pesos 00/100 m.n. expedida por Fianzas Liberty S. A. de C.V., para garantizar el cumplimiento del Beneficio de la Suspensión Condicional al cual se encuentra acogido, se ordena notificar el Apoderado Legal de dicha afianzadora para los efectos legales a que haya lugar, conforme a lo previsto en el artículo 291 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, para que presente a su fiado a efecto de justificar el incumplimiento al beneficio aludido o en su caso informe el impedimento a lo solicitado, ello tomando en consideración que se constituyó como tercer obligado a garantizar las obligaciones contraídas por el penado.
Notifíquese al sentenciado ANDRÉS JORDÁN LÓPEZ
ROCHA, Defensa Pública, al Agente del Ministerio Público, a este último de manera inmediata, sin que pueda exceder del término de 24 veinticuatro horas, con fundamento en el artículo 123 de la multicitada Ley y al Apoderado Legal de Fianzas Liberty, en términos de los numerales 82 a 89 del Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria a la Ley de la materia. Asimismo, en virtud de que de la respuesta del exhorto que se envió a Tlalnepantla de Baz, Estado de México para notificar al sentenciado se advierte que ya no vive en dicho domicilio, es que se ordena notificar al justiciable ANDRÉS JORDÁN LÓPEZ ROCHA a través de los Estrados de esta Unidad de Gestión Judicial y Boletín Judicial del contenido de los autos antes señalados,
SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/OTE/0220/2017
EDICTO No. 395
En cumplimiento a lo determinado por auto de fecha 18 de febrero de 2020, derivada de la carpeta EJECOTE/0220/2017, relacionada con el sentenciado NICOLÁS ÁLVAREZ GÓMEZ por los delitos de Robo Agravado y Robo Agravado en Pandilla, se determinó:
Atendiendo al principio de contradicción que rige nuestro sistema, tomando en consideración la agenda que se lleva en la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales se señalan las 11:00 ONCE HORAS
DEL 16 DIECISÉIS DE MARZO DE 2020 DOS MIL VEINTE, EN LA SALA DE ORALIDAD NÚMERO 01 UNO, en el edificio amarillo del Tribunal Superior de Justicia de esta Ciudad, ubicado en Avenida Reforma Oriente número 50, colonia San Lorenzo Tezonco, Alcaldía Iztapalapa, Código Postal 09900, a efecto de que tenga verificativo la audiencia en la que se proveerá lo conducente respecto cumplimiento del mandamiento judicial girado en contra del sentenciado de mérito. Por lo que en términos de los artículos 82 y 83 del Código Nacional de Procedimientos Penales, SE ORDENA NOTIFICAR a las víctimas JORGE
BENJAMÍN CAVAZOS GARCÍA a través de edictos en el Boletín Judicial, el contenido del presente proveído en el que se contiene la debida citación a las partes procesales a fin de que se sirvan comparecer el día y hora señalados para la celebración de la audiencia oral citada en líneas precedentes y manifiesten lo que a su derecho y representación corresponda. Asimismo, y en caso de que no comparezcan las víctimas JORGE
BENJAMÍN CAVAZOS GARCÍA y EDGAR FRANCISCO
CANALES CANO a la audiencia antes señalada, la misma se desarrollará sin su presencia, lo anterior en términos de lo que establece el numeral 124 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL MAESTRO
ALFREDO ÁNGEL LÓPEZ GARCÍA EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DE
CONFORMIDAD CON LOS ACUERDOS 05-22/2019 y 06-36-2019, EMITIDOS POR EL PLENO DEL CONSEJO
DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Se aprecia una firma ilegible.
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON
FUNDAMENTO EN EL ACUERDO 05-22/2019 y 0636/2019, EMITIDOS POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA.
MTRO. ALFREDO ÁNGEL LÓPEZ GARCÍA.
25 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/OTE/0220/2017
Of. EJEC-OTE/8209/2020

415

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA

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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 25/2/2020

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date25/02/2020

Page count414

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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