Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 18/6/2019

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 109

Martes 18 de junio del 2019

CIRCULAR CJCDMX- 14/2019
ÓRGANOS JURISDICCIONALES, ÁREAS DE APOYO JUDICIAL Y ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, AMBOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
PRESENTES
En cumplimiento al Acuerdo General 66-21/2019, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en sesión ordinaria celebrada el día once de junio del año dos mil diecinueve, con toda atención hago de su conocimiento que este Órgano Colegiado determinó aprobar el Acuerdo para definir el proceso administrativo de emisión de copias en los Juzgados de Proceso Oral en materia Familiar, conforme a lo siguiente:
ACUERDO GENERAL 66-21/2019 EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD
DE MÉXICO, EN SESIÓN DE FECHA DE ONCE DE JUNIO DE DOS MIL DIECINUEVE, POR EL CUAL SE DEFINE EL
PROCESO ADMINISTRATIVO DE EMISIÓN DE COPIAS EN LOS JUZGADOS DE PROCESO ORAL EN MATERIA
FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

CONSIDERACIONES
1 A partir del primero de junio de dos mil diecinueve, entró en vigor la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, en la cual, entre otras cosas, se regula el funcionamiento de la Unidad de Gestión Administrativa, misma que se constituye como un auxiliar fundamental en la operación de los Juzgados de Proceso Oral Familiar de la Ciudad de México, en razón de que es la encargada medularmente de elaborar y auxiliar el trabajo administrativo de los juzgados, verbigracia, elaboración de exhortos, oficios, cédulas, comunicaciones procesales, expedición de copias certificadas, entre otras actividades semejantes.
2 La creación de la Unidad de Gestión Administrativa, dependiente de la Dirección Ejecutiva de Gestión Judicial del H.
Tribunal, en tratándose de juzgados de proceso oral constituye una infraestructura para que el juicio oral familiar sea funcional, eficaz y eficiente.
3 El procedimiento oral, como un juicio sustentado medularmente en los principios de inmediación, publicidad, contradicción, igualdad, concentración y continuidad, exige del Juez el desarrollo de mayores habilidades y destrezas, con el fin de obtener información de calidad, que le permita emitir resoluciones con objetividad, prontitud, expedites y ajustadas a derecho, como son, entre otras, la gestión judicial de trabajo, entre las que destaca una actividad colaborativa e institucional entre áreas jurisdiccionales y administrativas.
Ello exige que el Juez se dedique y concentre en el estudio del asunto desde la presentación de la demanda, ocupándose directamente y sin delegar funciones, de la imposición del debate, la recepción de la prueba y la emisión de las decisiones judiciales.
4 Para cumplir con dicho fin, es indispensable separar de la función judicial las actividades de carácter netamente administrativas que pudiesen distraer el estudio directo, profundo y detallado de los conflictos.
5 Los juzgadores deben ocuparse exclusivamente del estudio de los conflictos para que se eleve la calidad de las audiencias y las decisiones. La Jueza o el Juez que se distraigan en la firma de oficios, exhortos, en la tramitación de copias certificadas, control de personal o en vigilar el trabajo de actuarios o comisarios, evidentemente repercutiría en la oportunidad y tiempo para estudiar los juicios, de aquél que sólo se ocupa de las controversias en específico.
6 En este sentido, se justifica la necesidad de desincorporar de estas áreas jurisdiccionales la mayoría de las tareas y actividades de naturaleza puramente administrativa, transfiriéndolas, y con ello eliminando distracciones innecesarias a los órganos jurisdiccionales, facilitando que se avoquen a lo que es su función primigenia; es decir, a impartir justicia.
7 De esta manera, surge la creación de la Unidad de Gestión Administrativa de Proceso Oral en Materia Familiar, la cual asume gran parte de esta carga y presta servicio a los Juzgados de Proceso Oral en Materia Familiar, dando cumplimiento día con día a las diversas actividades que son solicitadas por dichos juzgados, de entre las que destacan la emisión de copias certificadas, tanto de documentos como de soportes de grabación de audiencias.
8 Desde el inicio de sus operaciones en agosto del año dos mil catorce, la Unidad de Gestión Administrativa emite diariamente todas las copias certificadas cuya emisión es autorizada por los Juzgados de Proceso Oral en Materia Familiar, sea para ponerlos a disposición de las partes, para su diligenciación en caso de la tramitación de recursos y amparos, o para la entrega a los propios juzgados.
9 Para estar en condiciones de realizar estas certificaciones, la entonces Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal hoy Ciudad de México en su artículo 63 Octavus, dotó al Titular de la Unidad de Gestión Administrativa de Proceso Oral en Materia Familiar, de fe pública necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 18/6/2019

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date18/06/2019

Page count430

Edition count975

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