Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 3/5/2017

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

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Edictos
BOLETÍN JUDICIAL No. 75

Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; lo anterior para conocimiento de quien sea legítimo propietario del numerario aludido LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO
DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS EN
TRANSICIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LIC. NATALIA ALVARADO MATÍAS.
28-2-3 Sin Costo Part. 471/2016 Of. 1514
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
EN LA CIUDAD DE MÉXICO
CARPETA JUDICIAL No. UGJJA/046/2017
EDICTO No. 9
EL 24 VEINTICUATRO DE ABRIL DE 2017 DOS MIL
DIECISIETE, LA LICENCIADA LETICIA ROCHA LICEA, JUEZ
DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN JUSTICIA
PARA ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN
FUNCIONES DE TRÁMITE, ORDENÓ NOTIFICAR POR
EDICTO LO SIGUIENTE: En consecuencia, considerando que no ha sido posible notificar a la víctima a través de los conductos que autorizaron; se ordena la notificación a través del Boletín Judicial, conforme al numeral 82 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Penales, para hacer del conocimiento de la citada víctima, el contenido del presente acuerdo el resultado de la audiencia de fecha 17 diecisiete de febrero del año en curso, y que cuenta con el término de 2 dos días hábiles para nombrar un Asesor Jurídico privado y en caso de no hacerlo, se le tendrá por nombrada la Asesora Jurídica Pública que ha intervenido en la Carpeta Judicial, Licenciada Silvia Paulina Jaime Muguiro, término igualmente concedido para que haga del conocimiento de la Unidad de Gestión el nuevo domicilio o medios para ser notificados teléfonos o correos electrónicos, donde puede ser localizado, el cual deberá encontrarse dentro de la jurisdicción de la Ciudad de México, para ser notificados de las posteriores diligencias, en caso de no hacerlo se le previene para que las subsecuentes notificaciones se realizaran a través de los estrados de la citada Unidad Asimismo, deberá notificársele que en términos del artículo 137
del ordenamiento legal invocado, la Asesora Jurídica y la víctima que cuentan con en el plazo de 5 cinco días hábiles para señalar por escrito: a vicios materiales y formales y requerir su corrección, b ofrecer medios de prueba para complementar la acusación del Ministerio Público; y c medios de prueba para acreditar la existencia y monto de los daños y perjuicios. Una vez fenecido el plazo señalado, esta autoridad se pronunciará acerca de la continuación de la fase en que nos encontramos Notifíquese a la víctima que el Ministerio Público, solicita la forma de terminación anticipada consistente en procedimiento abreviado, al constituir su derecho estar debidamente enterada de la solicitud que realiza la Representación Social, en términos de los artículos 201 y 202, del Código Nacional de Procedimientos Penales. En la inteligencia, de que podrán solicitarla previo a la audiencia intermedia y de forma independiente en ambos supuestos, de optar por dicha forma de solución anticipada, deberán acudir a la audiencia que se programe con acuerdos concretos y debidamente preparados para justificar sus pretensiones, de realizarse hasta la audiencia intermedia, será en ésta que se resolverá su procedencia, por lo que hace más exigible la preparación anticipada de su pretensión, en tanto que de no admitirse, la audiencia de la fase intermedia continuará, al no ser admisible demoras injustificadas en el proceso judicial en perjuicio de la celeridad que como principio rige la justicia juvenil -Audiencia inicial de fecha 13 trece de febrero, en la cual se ratificó de legal la detención del adolescente Ángel Uriel D.V.; se autorizó la ampliación del término fijándose las 12:00 doce horas del 17 diecisiete de febrero del año 2017 dos mil diecisiete, para la continuación de la audiencia uncial y se otorgaron medidas cautelares diversas al internamiento preventivo. -Continuación de audiencia de fecha 17 diecisiete del mismo mes y año;
en la cual se determinó vincular a proceso al adolescente
Miércoles 3 de mayo del 2017

Ángel Uriel con iniciales D.V.; quedando vigentes las Medidas Cautelares y se fijó como 45 cuarenta y cinco días, los cueles fenecen el día lunes 13 trece de abril de 2017 dos mil diecisiete.
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL EN
MATERIA DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
LIC. LUIS RICO PATIÑO.
3 Sin Costo Carpeta Judicial UGJJA/046/2017 Of.
UGJJA/8563/2017
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL NÚMERO CUATRO
DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO
CARPETA JUDICIAL No. 004/0079/2017-SD
EDICTO No. 2
HECHO DELICTUOSO: LESIONES CULPOSAS POR
TRANSITO DE VEHÍCULO
CITATORIO
C ÁNGEL HUGO MÁRQUEZ GONZÁLEZ
PRESENTE:
Por este medio le hago de su conocimiento, que el día de la fecha se encontraba agendada una audiencia inicial de formulación de imputación, en su contra, respecto de la carpeta 004/0079/2017-SD, por el posible hecho delictuoso de LESIONES CULPOSAS POR TRANSITO DE
VEHÍCULO, en agravio de la víctima ANA MARÍA DÍAZ
GUZMÁN, sin embargo ante su inasistencia, ordenó se girara atento exhorto de nueva cuenta, así mismo que fuera agotado lo enunciado en el artículo 82 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Penales, solicitando además que se fijara nueva fecha y hora para la celebración de la audiencia solicitada por el Ministerio Público. Por lo anterior se le hace de su conocimiento que deberá presentarse para la celebración de la audiencia inicial, en el lugar que ocupa este Tribunal sito en calle Doctor Lavista, Número 114, colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, El Día JUEVES 11 ONCE DE MAYO DE 2017
DOS MIL DIECISIETE, A LAS 10:00 DIEZ HORAS, EN LA
SALA DE ORALIDAD NÚMERO 30 TREINTA. HACIÉNDOLE
DE SU CONOCIMIENTO QUE DEBERÁ DE PRESENTARSE
EN LA FECHA ANTES INDICADA CON ANTICIPACIÓN A
EFECTO DE HACER SU REGISTRO Y DEBIDA CONDUCCIÓN
A LA SALA DE AUDIENCIA, ASISTIDO DE SU DEFENSOR
PARTICULAR SI ASÍ LO DESEA Y EN CASO DE NO SER
ASÍ, LE SERÁ DESIGNADO UN DEFENSOR PUBLICO, EL
CUAL NO LE COBRARA HONORARIO ALGUNO, APERCIBIDA
QUE EN CASO DE NO ACUDIR A LA CITA EN MENCIÓN, EL
AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO PODRÁ SOLICITAR SE
LE GIRE ORDEN DE COMPARECENCIA, A TRAVÉS DE LA
FUERZA PÚBLICA O BIEN ORDEN DE APREHENSIÓN DE
CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO
141 FRACCIONES II Y III DEL CÓDIGO NACIONAL DE
PROCEDIMIENTOS PENALES. ASIMISMO SE LE HACE
DE SU CONOCIMIENTO QUE EN CASO DE INASISTENCIA
INJUSTIFICADA PARA ESA FECHA SE HARÁ ACREEDOR
A UNA MEDIDA DE APREMIO CONSISTENTE EN UN
ARRESTO POR 24 VEINTICUATRO HORAS. De igual forma de conformidad con los artículos 164 y 176 del Código Nacional de Procedimientos Penales se le invita a que se presente en la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, ubicada en Niños Héroes, número 132, primer piso, colonia Doctores, delegación Cuauhtémoc, mínimo con dos días de anticipación a la fecha de celebración de la audiencia en este citatorio, dentro de un horario de lunes a viernes de las 9:00 a las 17:00 horas, para realizar una entrevista con la finalidad de que la información obtenida sea proporcionada a las partes del procedimiento a efecto de que el Juzgador verifique si resulta o no necesaria una medida cautelar.
Ciudad de México, 27 de abril del 2017.
LA JUEZ TRIGÉSIMO SEGUNDO PENAL DEL SISTEMA
PROCESAL ACUSATORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ADSCRITO A LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL NÚMERO
CUATRO
LIC. FIDELINA PÉREZ MIRANDA.
3-5-8 Sin Costo Carpeta Judicial 004/0079/2017-SD Of.
UGJ4/4981/2017

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO
TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 3/5/2017

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date03/05/2017

Page count436

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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