Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 20/4/2017

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

462

Edictos
BOLETÍN JUDICIAL No. 67

días subsecuentes a la recepción del presente oficio.
Ciudad de México, 22 de marzo del 2017.
EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO
DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS EN
TRANSICIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LIC. AGUSTÍN GONZÁLEZ TORRES.
20-21-24 Sin Costo Part. EJ 96/2016 Of. 1219
JUZGADO PRIMERO EN EJECUCIÓN DE MEDIDAS
SANCIONADORAS EN TRANSICIÓN
EN LA CIUDAD DE MÉXICO
CAUSA No. 474/2016
EDICTO No. 19
NOTIFICACIÓN: A QUIEN ACREDITE LA LEGÍTIMA
PROPIEDAD DE DIVERSOS OBJETOS.
PRESENTE:
- AUTO.- En la Ciudad de México, a 06 seis de Abril de 2017 dos mil diecisiete.- se determina que ha precluído el término para solicitar dichos objetos; por lo que HAN CAUSADO ABANDONO, en términos del numeral 55 del Código Penal para el Distrito Federal de aplicación supletoria a la ley en la materia, conforme a la circular 35/2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México; en consecuencia, gírese oficio al Oficial Mayor del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, a efecto de que proceda a la DESTRUCCIÓN de una mochila confeccionada de poliéster, color rojo, con compartimentos y cierres, con logo de Ferrari y la leyenda cg, Mobile con correa negra en regular estado de conservación, así como 03
tres llaves, dos de color azul de la marca jma y una color metálica de la marca jma y un llavero con la forme de iguana con la leyenda los cabos, ya que por su naturaleza, no se estima pertinente mantener su preservación, y resultaría más honerosa su venta que el monto que se podría obtener atendiendo a su valor;
y una vez hecho lo anterior, deberá ser informado a la brevedad posible a este Juzgado, para los efectos legales procedentes; ello en términos de Ley, en concordancia con el Acuerdo General 36-04/2012, de fecha 24 veinticuatro de Enero de 2012 dos mil doce, Capitulo II del Procedimiento para poner a disposición de la Oficialía Mayor del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, los Bienes y Valores que sean materia de decomiso ó causen abandono a favor del propio Tribunal, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México; además, gírese oficio al Depósito de Objetos de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, para su conocimiento;
finalmente, mediante edictos publicados durante tres días hábiles subsecuentes a la recepción del oficio correspondiente, hágase del conocimiento el presente proveído a quien acredite la legitima propiedad de los objetos antes señalados, para los efectos legales a que haya lugar
Ciudad de México, 6 de abril del 2017.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO
DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS EN
TRANSICIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO
LIC. GRISELDA ALEJANDRA GUEVARA BÁEZ.
20-21-24 Sin Costo Part. 474/2016 Of. 1387

Jueves 20 de abril del 2017

de aplicación supletoria a la ley en la materia, conforme a la circular 35/2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México; en consecuencia, gírese oficio al Oficial Mayor del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, a efecto de que haga efectivo el citado numerario en términos de ley; el cual se encuentra en el interior del Depósito Bienes, Valores y Armas de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, relacionada con la averiguación previa número FIZP/IZP-6/
T3/369/16-02 D1, instruida en contra de los adolescentes SERGIO VELASCO NEGRETE, DILAN CHIRIGO AGUILERA o DILAN CHIRINO SANTIAGO o DILAN SANTIAGO CHIRINO
AGUILERA y JORGE EDUARDO SALCEDO COREÑO o JORGE
EDUARDO SALCEDO CARREÑO, por la conducta tipificada como delito de ROBO CALIFICADO; y una vez hecho lo anterior, deberá ser informado a la brevedad posible a este Juzgado, para los efectos legales procedentes; ello en términos de Ley, en concordancia con el Acuerdo General 36-04/2012, de fecha 24 veinticuatro de Enero de 2012
dos mil doce, Capitulo II del Procedimiento para poner a disposición de la Oficialía Mayor del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, los Bienes y Valores que sean materia de decomiso ó causen abandono a favor del propio Tribunal, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México; además, gírese oficio al Depósito Bienes, Valores y Armas de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, para su conocimiento; finalmente, hágasele del conocimiento el presente proveído al ofendido JOSÉ RAMÍREZ DÍAZ, a través edictos publicados durante tres días hábiles subsecuentes a la recepción del oficio correspondiente;
para los efectos legales a que haya lugar
Ciudad de México, 31 de marzo del 2017.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO
DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS EN
TRANSICIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO
LIC. GRISELDA ALEJANDRA GUEVARA BÁEZ.
20-21-24 Sin Costo Part. 298/2016 Of. 1335

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

JUZGADO SEGUNDO EN EJECUCIÓN DE MEDIDAS
SANCIONADORAS EN TRANSICIÓN EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES EN LA CIUDAD DE
MÉXICO
CUADERNILLO DE SENTENCIA No. 05/2017
EDICTO No. 19
El Órgano Jurisdiccional Segundo de Ejecución de Medidas Sancionadoras en Transición de Justicia para Adolescentes en el cuadernillo de sentencia 05/2017, y a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto de la ejecutoria pronunciada por los Magistrados integrantes de la Segunda Sala de Justicia para Adolescentes, de fecha 16 dieciséis de marzo del año en curso, mediante la cual se modifica el resolutivo en comento de la sentencia dictada en la causa 20/2016 por la Juez Octavo de Justicia para Adolescentes de Proceso Escrito y por acuerdo del 30 treinta de marzo de 2017 dos mil diecisiete, se ordenó la publicación de edictos en el Boletín Judicial por 3 tres días consecutivos a fin de que al propietario de un cuchillo y lazos que se encuentran en el Depósito de Objetos, Bienes Valores y Armas de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México y una tina de plástico la cual se encuentra en el área de Química de dicha Procuraduría, le sean entregados a quien acredite el derecho de los mismos y comparezca ante esta sede sito en calle Nezahualcóyotl, número 130, ala norte, 1er. Primer piso, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc -atrás de metro Isabel La Católica-, a solicitar la devolución correspondiente, en el entendido que si nadie los reclama dentro del plazo legalmente establecido, esto es dentro de los 80 ochenta días naturales contados a partir de la tercera publicación en el Boletín Judicial; o bien, renuncien a ello, causará abandono en términos del artículo 55 del Código Penal para esta Ciudad.
Ciudad de México, 30 de marzo del 2017.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS A DEL JUZGADO
SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS
EN TRANSICIÓN DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
LIC. GRACIELA RUBIO MOLINA.
20-21-24 Cuadernillo de Sentencia 05/2017 Of. 554

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

JUZGADO PRIMERO EN EJECUCIÓN DE MEDIDAS
SANCIONADORAS EN TRANSICIÓN
EN LA CIUDAD DE MÉXICO
CAUSA No. 298/2016
EDICTO No. 21
NOTIFICACIÓN: JOSÉ RAMÍREZ DÍAZ.
PRESENTE:
- AUTO.- En la Ciudad de México, a 31 treinta y uno de Marzo de 2017 dos mil diecisiete.- al haber transcurrido en exceso el término concedido al ofendido JOSÉ RAMÍREZ
DÍAZ, para solicitar la devolución del numerario consistente en la cantidad de $50.00 CINCUENTA PESOS 00/100
M.N., siendo 05 cinco monedas de $10.00 DIEZ PESOS
00/100 M.N.; en consecuencia, se determina que ha precluído el término para solicitar las mismas; por lo que dicho numerario HA CAUSADO ABANDONO, en términos del numeral 55 del Código Penal para el Distrito Federal

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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 20/4/2017

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date20/04/2017

Page count460

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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