Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 3/4/2017

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

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Edictos
BOLETÍN JUDICIAL No. 59

JUZGADO SEGUNDO EN EJECUCIÓN DE MEDIDAS
SANCIONADORAS EN TRANSICIÓN EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES EN LA CIUDAD DE
MÉXICO
SECRETARÍA B
EXP. No. 60/2016
EDICTO No. 16
NOTIFICACIÓN:
ALBERTO
SANABRIA
MARTÍNEZ
OFENDIDO.
PRESENTE
En los autos de la causa número 60/2016, seguida en contra de los adolescentes DARÍO GERARDO
RODRÍGUEZ CONTRERAS Y GUILLERMO REY JAIMES
VALDIVIEZO por la conducta tipificada como delito de ROBO CALIFICADO, en agravio de ALBERTO SANABRIA
MARTÍNEZ, en 27 veintisiete de marzo del 2017 dos mil diecisiete, se dictó un auto que en lo conducente dice:
Vista la razón que antecede, se tienen por recibidos el oficio de cuenta y sus anexos y se agregan a la causa con fundamento en lo establecido por el artículo 232
del Código de Procedimientos Penales de aplicación supletoria a la materia Por lo que hace al punto resolutivo CUARTO, referente a la pena pública relativa a la reparación del daño, y que fuera confirmado por la Sala, la Juez condenó a los jóvenes a restituir los objetos que no fueron recuperados, de conformidad a lo previsto en los numerales 90 y 91 de la ley de la Materia; cabe precisar que a través de cédula de notificación 76 Fojas, se le hizo saber al agraviado el derecho a hacer el reclamo del concepto reparador, sin que así lo hubiera hecho, por ello y con la finalidad de no conculcar el derecho contenido en el artículo 20 de la Norma Fundamental, apartado C, fracción IV, se dejan a salvo los derechos del ofendido ALBERTO
SANABRIA MARTÍNEZ, respecto al pago de la reparación del daño de los objetos que no fueron recuperados y que fueron descritos en el punto resolutivo CUARTO por la Juez de Instrucción, para que lo haga valer en la vía que considere pertinente hágasele del conocimiento a las partes que cuentan con 90 noventa días para solicitar documentos o pruebas que hubiesen exhibido, dado que el expediente es susceptible de destrucción en términos del artículo 15 del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Poder Judicial Y ya que de actuaciones se desprende que no obra domicilio en el que pueda ser notificado el agraviado ALBERTO
SANABRIA MARTÍNEZ, dado que dé la razón actuarial se aprecia que la notificación se realizó a través de los estrados de este Órgano Jurisdiccional, hágasele saber el presente proveído por cédula de notificación personal por estrados de este Órgano jurisdiccional, así como por edictos consecuentemente, gírese oficio al Director del Boletín Judicial y Anales de Jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México para que, con fundamento en los artículos 89 y 200 del Código de Procedimientos Penales en aplicación supletoria a la Ley de la materia, en relación a los ordinales 163 y 165 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la entidad proceda a la publicación de edictos en el Boletín Judicial por 3 tres días consecutivos.NOTIFÍQUESE.- DOS RÚBRICAS.
Ciudad de México, 27 de marzo del 2017.
EL SECRETARIO DE ACUERDOS B DEL JUZGADO
SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS
EN TRANSICIÓN DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
LIC. BREITHNER RUIZ ÁNGELES.
30-31-3 Sin Costo Part. 60/2016 Of. 480

Lunes 3 de abril del 2017

mil diecisiete, se ordenó la publicación de edictos en el Boletín Judicial por 3 tres días consecutivos a fin de que el ofendido ROBERTO TONATIHU GRACÍA
FRANCO, comparezca ante esta sede sito en calle Nezahualcóyotl, número 130, ala norte, 1er. Primer piso, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc -atrás de metro Isabel La Católica-, y se le entregue el certificado de depósito número V778666, por la cantidad de $250.00 doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N., exhibido por ALICIA JIMÉNEZ HERNÁNDEZ y por su representado EMMANUEL ALEJANDRO BAUTISTA
JIMÉNEZ, el cual corresponde a la mitad del concepto reparador respecto de la conducta de robo calificado, bajo el apercibimiento que en caso de no asistir dentro de los 80 ochenta días naturales, contados a partir del día siguiente a la última publicación o bien renuncie a ello, causará ABANDONO a favor del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en términos de los artículos 51 y 55 del Código Penal para esta Ciudad en relación al Acuerdo Plenario 36-04/2012 emitido por el Consejo de la Judicatura de esta entidad, y se aplicará a favor del Fondo de este Tribunal en términos de Ley.
Ciudad de México, 28 de marzo del 2017.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS A DEL JUZGADO
SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS
EN TRANSICIÓN DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
LIC. GRACIELA RUBIO MOLINA.
3-4-5 Sin Costo Cuadernillo de Sentencia 119/2016 Of.
483

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL NÚMERO CUATRO
DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO
CARPETA ADMINISTRATIVA No. 004/0193/2017-SD
EDICTO No. 1
C. CHRISTIAN HERNÁNDEZ MEJÍA
PRESENTE:
HECHO DELICTUOSO: ROBO
CITATORIO
Por este medio le hago de su conocimiento, que el día de la fecha se encontraba agendada una audiencia inicial de formulación de imputación, en su contra, respecto de la carpeta 004/0193/2017-SD, por el posible hecho delictuoso de ROBO en agravio de la moral ofendida DISTRIBUIDORA LIVERPOOL S.A. DE
C.V., representada legalmente por GRETA CAZARES
FONSECA, sin embargo ante su inasistencia, ordene fuera notificado de nueva cuenta, agotando los enunciado en el artículo 82 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Penales, solicitando se generara nueva fecha y hora para su celebración, la cual quedó para EL DÍA JUEVES 20 VEINTE DE ABRIL
DE 2017 DOS MIL DIECISIETE, A LAS 11:00 ONCE
HORAS, EN LA SALA DE ORALIDAD NÚMERO 05 CINCO, debiendo presentarse usted en el lugar que ocupa este Tribunal sito en calle Doctor Lavista, Número 114, colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc así como se le hace del conocimiento que deberá de presentarse con anticipación, a efecto de hacer su registro y debida conducción a la sala de audiencia, asistido de su defensor particular si así lo desea y en caso contrario, le será designado un defensor público, el cual no le cobrará honorario alguno, APERCIBIDO QUE EN CASO
DE NO ACUDIR A LA CITA EN MENCIÓN, EL AGENTE
DEL MINISTERIO PÚBLICO PODRÁ SOLICITAR SE LE
GIRE ORDEN DE COMPARECENCIA, A TRAVÉS DE LA
FUERZA PÚBLICA O BIEN ORDEN DE APREHENSIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL
ARTÍCULO 141 FRACCIONES II Y III DEL CÓDIGO
NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
Ciudad de México, 23 de marzo del 2017.
LA JUEZA TRIGÉSIMO TERCERO PENAL DEL SISTEMA
PROCESAL ACUSATORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ADSCRITA A LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL NÚMERO
CUATRO
LIC. ERIKA NAVARRO OLVERA.
30-3-5 Sin Costo Carpeta Administrativa 004/0193/2017SD Of. UGJ4/3858/2017

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

JUZGADO SEGUNDO EN EJECUCIÓN DE MEDIDAS
SANCIONADORAS EN TRANSICIÓN EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES EN LA CIUDAD DE
MÉXICO
CUADERNILLO DE SENTENCIA No. 119/2016
EDICTO No. 17
El Órgano Jurisdiccional Segundo de Ejecución de Medidas Sancionadoras en Transición de Justicia para Adolescentes en el cuadernillo de sentencia 119/2016, por acuerdo del 28 veintiocho de marzo de 2017 dos

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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 3/4/2017

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date03/04/2017

Page count416

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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