Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 03/04/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 63

3 de Abril de 2023

2363

La experiencia profesional en otras administraciones públicas se acreditará mediante Certicado de Servicios Prestados emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen efectuado, debiéndose indicar obligatoriamente además la denominación exacta de la plaza desempeñada, el grupo/subgrupo de clasicación, escala y subescala, clase y su régimen funcionarial o laboral.
Los méritos no alegados dentro del plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta.
4.5. Los/as aspirantes podrán subsanar la omisión en su solicitud de los requisitos recogidos en el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través del enlace https oposicioneshuelva.convoca.online/.
No podrán subsanar la solicitud por omisión del abono de la tasa por derechos de examen, así como, cualquier otro dato o requisito diferentes de los relacionados en el art. 66 de la Ley 39/2015.
4.6. A la solicitud deberá acompañarse, dentro del plazo de presentación de solicitudes, resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de 60 euros de la Tasa correspondiente por los derechos de examen que podrán ser abonados de forma telemática en https oposicioneshuelva.
convoca.online/ o mediante ingreso o transferencia bancaria en la entidad bancaria CAJAMAR, en la cuenta: ES77/3058/4601/87/2732000027.
En el supuesto de abono de la tasa mediante ingreso o transferencia bancaria, en el supuesto de no coincidir la persona que lo realiza con el/la aspirante, se deberá indicar en el documento justicativo del pago el nombre y el número de D.N.I del/la aspirante.
4.7. La falta de justicación del abono, en tiempo y forma, de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. Los derechos de examen no serán devueltos salvo cuando por causas no imputables al aspirante, la actividad administrativa no se desarrolle.
4.8. En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
5. LISTA DE ADMITIDOS/AS Y EXCLUIDOS/AS.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, comprobado el pago de la Tasa por derechos de examen y demás requisitos de acceso, se dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión.
Dicha Resolución, se publicará en el Boletín Ocial de la Provincia, en el Tablón de Edictos de la corporación, página web www.huelva.es y en la dirección https oposicioneshuelva.convoca.
online/ del Ayuntamiento de Huelva. En igual medio se publicará la designación nominativa de la composición del Tribunal.
5.2. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de ocio o a petición del interesado/a. En todo caso, la Resolución anterior establecerá un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 68 de la Ley 39/2015. De 1 de octubre del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este plazo los/as aspirantes, al objeto de evitar errores, y en el supuesto de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma deberán comprobar no sólo que no guran en la lista de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la lista de admitidos.
5.3. En caso de no haber reclamaciones, la lista provisional se considerará como denitiva. Si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas por Resolución en la que se declarará aprobada la lista denitiva de admitidos o excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en la página web www.huelva.es y la dirección https oposicioneshuelva.convoca.
online/. En dicha Lista Denitiva se indicará la fecha y lugar de comienzo de los ejercicios.
6. TRIBUNAL CALIFICADOR.
6.1. El Tribunal Calicador estará constituido por un Presidente con voz y voto, cuatro vocales, con voz y voto y un Secretario con voz y sin voto.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 03/04/2023 a las 00:00:03
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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 03/04/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

CountrySpain

Date03/04/2023

Page count56

Edition count2574

First edition02/01/2014

Last issue20/06/2024

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