Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 08/03/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 45
8 de Marzo de 2023
1683
AYUNTAMIENTOS
BONARES
No habiéndose presentado alegaciones algunas contra el acuerdo plenario de fecha 24- 112022 de aprobación inicial del expediente de Modicación de Créditos n. 7/2022 de suplemento de crédito por mayores ingresos, éste ha quedado elevado a denitivo, por lo que que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el resumen de dicho expediente a nivel de capítulos.
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPITULO
DENOMINACIÓN
IMPORTE ALTAS
1
GASTOS DE PERSONAL
220,59
2
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 12.431,54
6
INVERSIONES REALES
2.091,75
TOTAL EXPEDIENTE
14.743,88
PRESUPUESTO DE INGRESOS
CAPITULO
DENOMINACION
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8
ACTIVOS FINANCIE3ROS
TOTAL EXPEDIENTE
IMPORTE ALTAS
12.652,13
2.075,00
16,75
14.743,88
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Bonares, a 7 de febrero de 2023.- EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo. Juan Antonio García García
GIBRALEÓN
ANUNCIO APROBACION DEFINTIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público BOP núm.
237, de 14 de diciembre de 2022, queda automáticamente elevado a denitivo el Acuerdo Plenario Provisional del Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón, de fecha 23 de noviembre de 2022, sobre la aprobación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo texto modicado se hace público en cumplimiento del art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Artículo 1º.- Hecho imponible.
1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible lo constituye la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmuebles de características especiales:
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 08/03/2023 a las 00:00:07
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxs1KDfw4Rh+n6IG4WvI70CGw== en https verifirma.diphuelva.es